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Un juez cierra la otra causa contra Rafael Amargo por presunto tráfico de droga a raíz de una denuncia vecinal

El juez de Instrucción número 27 de Madrid ha concluido la otra causa penal que se dirige contra el bailaor Rafael Amargo por la presunta comisión de un delito de tráfico de drogas, a raíz de una denuncia interpuesta en julio de 2022 por sus vecinos en relación a la presunta venta de droga en su piso de la calle Espíritu Santo de la capital.

El bailaor acaba de ser absuelto por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito similar tras anular el tribunal las escuchas telefónicas al considerar la Sala que no se cumplieron las exigencias mínimas que exige la ley para acordar la intromisión al secreto de las comunicaciones.

El otro procedimiento judicial al que se enfrenta está en la fase intermedia de presentación de escritos de acusación y defensa de cara a que se dicte el auto de apertura de juicio oral, han informado a Europa Press fuentes jurídicas y según consta en el auto que concluye la instrucción.

Hace unos meses, el otro juzgado que instruye una de las causas penales dictó el auto de transformación de diligencias en procedimiento abreviado, lo que supone la conclusión de las diligencias abiertas y que dio lugar a que Rafael Amargo fuera detenido en Alicante en marzo de 2023.

Esta causa arrancó el 21 de julio de 2022 por “venta y tráfico de estupefacientes” desde su vivienda. Según consta en la denuncia, los residentes se quejaron en una junta de vecinos por el continuo tránsito de personas en ese piso, algunos de los cuales “se quedaban a dormir en el descansillo de pisos superiores” al residir Amargo en un bajo.

“En la actualidad dicho transito no solo se ha mantenido constantemente, sino que se han visto jeringuillas, papel Albal (de aluminio) y colillas en el portal de la finca”, recogía la denuncia.

En la resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, el juez esgrime que existen “suficientes” motivos de criminalidad contra el artista conforme a la instrucción practicada por estos hechos.

Detalla que estas diligencias se incoaron en virtud de un atestado de la Comisaría de Madrid-Centro, en el que se hace constar que con ocasión de la denuncia interpuesta por la Comunidad de propietarios del edificio sito en la calle Espíritu Santo, y como consecuencia asimismo de los distintos dispositivos de vigilancia, se observó “cómo accedían al interior de un domicilio de dicho inmueble, a diario y de manera constante, diversidad de personas abandonando a continuación el mismo de manera apresurada”.

Se determinó que el domicilio exacto donde accedían se correspondía con el piso bajo interior izquierda y que la persona que habitaba el mismo y atendía a los compradores era el investigado Rafael García Hernández.

Establecido los correspondientes dispositivos de vigilancia, entre los días 24 de agosto y 6 de septiembre de 2022 fueron interceptadas, según el auto, “varias personas que fueron seguidas sin ser perdidas de vista después de abandonar el inmueble, procediendo a la incautación de las sustancias que les eran intervenidas y que resultaron ser diferentes dosis de Metanfetamina y Mefedrona, manifestándole a los agentes que las habían adquirido al investigado en dicha vivienda”.

“Posteriormente el investigado abandonó dicha vivienda, cambiando de domicilio en varias ocasiones continuando, no obstante, desarrollando la actividad ilícita investigada”, señala la resolución.

En otra vivienda de la calle La Palma, el día 20 de diciembre de 2022 se pudo intervenir a “otra persona en posesión de 5 gramos de Metanfetamina y un bote de GHB que había adquirido al investigado”.

“Las sustancias que fueron intervenidas y recogidas en las correspondientes actas de intervención, en bolsas de plástico en las que habitualmente se transporta esta sustancia en dosis individuales, fueron remitidas al Instituto Nacional de Toxicología para su análisis resultando ser Metanfetamina, Mefedrona y GHB”, señala.

“Los anteriores hechos se extraen de las declaraciones, periciales y demás gestiones realizadas por los agentes policiales actuantes según constan en el atestado, así como por las declaraciones e informes periciales practicados en sede judicial”, expone el auto.

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