El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha modificado el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir mediante un decreto supremo publicado la noche del último miércoles 5 de junio, en la edición extraordinaria de normas legales del diario oficial El Peruano.
El decreto supremo N.° 011-2024-MTC modifica el literal A del numeral 19-A.2, del artículo 19-A del mencionado reglamento, específicamente en relación con la revalidación de la licencia de conducir.
¿En qué consisten las modificaciones?
De acuerdo con esta modificación, aquellos que deseen revalidar sus licencias de conducir en la misma categoría o en una inferior, en las clases A y B, deberán cumplir con nuevos requisitos.
Entre los nuevos requerimientos se destaca la necesidad de acreditar el cumplimiento de ciertos criterios, cuyo detalle será proporcionado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) en las próximas jornadas.
El cambio normativo, difundido por el diario oficial El Peruano, tiene como objetivo actualizar y ajustar los procesos relacionados con la emisión y renovación de permisos de conducción, lo que aseguró que los conductores cumplan con las condiciones adecuadas para su renovación.
Los nuevos requisitos para licencia de conducir
Para dar inicio al trámite de revalidación de la licencia de conducir, se debe presentar una solicitud con carácter de declaración jurada. Esta debe incluir los datos personales del solicitante, debidamente llenada y suscrita, así como la siguiente información:
- No estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho a conducir vehículos de transporte terrestre.
- Contar con certificado de salud para licencias de conducir, expedido, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
- Para el caso de las licencias de conducir de la clase A —categorías II y III— y de la clase B —categoría II-C—, en caso de contar con sanciones por infracciones muy graves o sanciones por infracciones graves de los códigos G.01, G.02, G.03, G.04, G.05, G.12, G.18b, G.21, G.27, G.28, G.29, G.32, G.33, G.37, G.39, G.64 y G.65 del Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N.º 033-2001-MTC, que se encuentren firmes o que hayan agotado la vía administrativa, comprendidas desde la obtención o última revalidación de la licencia de conducir hasta la fecha de presentación de la solicitud de revalidación; que cuenta con examen de conocimientos aprobado, realizado en un Centro de Evaluación, previamente registrado en el SNC.
¿Cuál será el plazo para implementar este sistema?
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) de Perú ha emitido un decreto supremo que establece que, en un plazo máximo de 30 días calendario desde la publicación del decreto, se implementarán cambios en el Sistema Nacional de Conductores. Este decreto está refrendado por la presidenta de la República, Dina Boluarte, y el ministro de Transportes y Comunicaciones, Raúl Pérez Reyes.
“El presente Decreto Supremo entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, con excepción de lo dispuesto en el artículo 1, el cual entra en vigencia a los 30 días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación”, detalló la norma.
La Oficina General de Tecnología de la Información, en coordinación con la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, será responsable de efectuar las modificaciones necesarias al sistema. Este ajuste permitirá la correcta aplicación de las nuevas disposiciones contempladas en la norma. La implementación tiene como objetivo mejorar y actualizar los procesos relacionados con los conductores en todo el país, asegurando mayor eficiencia y fiabilidad en la gestión de las licencias de conducción.
El decreto supremo será publicado en la sede digital del MTC, lo que facilitará su acceso y conocimiento por parte de la ciudadanía. Esta medida busca asegurar la transparencia y el cumplimiento de las nuevas normas, ofreciendo un marco regulativo que fortalezca la seguridad y el orden en el tránsito vehicular.