La Sala Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha anulado la prórroga de seis meses de la pieza separada ‘caso 3%’ –la del ‘pitufeo’– en la que se investigaba a varios cargos de CDC por donaciones al partido con la presunta finalidad de financiar ilícitamente a dicha formación.
En un auto, recogido por Europa Press, los magistrados de la Sección Cuarta estiman un recurso del exconsejero Felip Puig y revocan la decisión del juez Santiago Pedraz de ampliar la instrucción desde el 8 de marzo hasta el 8 de septiembre. Será la primera fecha la que se considere como el final de la investigación, aunque se admitirán las diligencias acordadas hasta ese día.
El juez Pedraz acordó una prórroga de seis meses con el fin de llevar a cabo una serie de diligencias consistentes en solicitar determinados movimientos bancarios, “así como otras que pudiesen resultar necesarias a la vista del resultado” que arrojasen las mismas.
Para la Sala, sin embargo, la admisión y validez de las diligencias de investigación acordadas durante los plazos procesales está fuera de toda duda. Sin embargo, considera que “resulta inadmisible esa ‘coletilla'” utilizada por el juez referida a esas “otras (diligencias) que pudiesen resultar necesarias a la vista del resultado” de las otras.
CASO DE “CORRUPCIÓN POLÍTICA MUY GRAVE”
Esa coletilla, apuntan, es “habitualmente utilizada para intentar la prórroga de los plazos de instrucción y cuya admisión acrítica haría inviable la finalidad perseguida del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) que no es otra sino evitar someter a una persona a una instrucción judicial que se perpetúe o alargue durante años”.
“Siendo conscientes de la envergadura de las investigaciones que se siguen en la Audiencia Nacional, y en concreto, la que ahora nos ocupa, relacionada con un caso de corrupción política e institucional muy grave, ello no evita la determinación en los términos del artículo 324 LECrim, de las concretas diligencias que es necesario practicar, y su relevancia para la investigación”, explican.
Es por ello, añaden los magistrados, que no puede “quedar la decisión de prorrogar” la causa “a merced de potenciales diligencias no identificadas, sino de forma genérica y de naturaleza desconocida que bien podrían ser deferidas a la fase intermedia para su práctica en el acto del juicio”.
Por último, la Sala descarta pronunciarse sobre la petición del que fuera consejero Felip Puig de que se archive la causa para él por no ser su conducta constitutiva de delito, puesto que su solicitud excede el objeto del recurso y porque debería plantear dicha cuestión primero ante el juez de instrucción.