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Abogacía del Estado pide amnistiar al jefe gabinete de Puigdemont, Rovira y otros investigados en la AN por Tsunami

La Abogacía del Estado ha informado a favor de que se aplique la ley de amnistía a los encausados por un presunto delito de terrorismo en la causa abierta en la Audiencia Nacional por los altercados producidos tras conocerse en 2019 la sentencia del ‘procés’ y que se atribuyen a la plataforma ‘Tsunami Democràtic’.

En su escrito de alegaciones, al que ha tenido acceso Europa Press, los servicios jurídicos del Estado señalan que, con independencia de lo reprochable de las conductas y actuaciones, “en particular las lesiones de gravedad a miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado”, por su alcance y contenido “no merecen el calificativo de graves violaciones de derechos humanos”.

Y dice que esto es así de acuerdo con la interpretación y sentido que le atribuye a esas graves violaciones “el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y en particular el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales”. Por eso, entiende que ninguno de los hechos investigados queda excluido de la aplicación de la ley de amnistía.

En 33 páginas, la Abogacía del Estado repasa los hechos objeto de investigación del Juzgado Central de Instrucción número 6 y subraya que encajan en lo recogido en el artículo 1.1 de la norma porque “se trata de actos que fueron ejecutados en el contexto del denominado proceso independentista catalán” antes del 13 de noviembre de 2023.

LOS HECHOS NO ENCAJAN EN LAS EXCLUSIONES

En concreto recuerda que el magistrado Manuel García Castellón delimita los hechos en su auto de 6 de noviembre de 2023 y fija que investigaba el bloqueo del aeropuerto de El Prat y el intento de bloque en la torre de control de Enaire; el intento de bloqueo del aeropuerto de Barajas; la huelga general del 18 de octubre de 2019.

A estos hechos sumaba las manifestaciones del día 26 de octubre de 2019; el intento de afectación al proceso electoral de Elecciones Generales el día 1 de noviembre de 2019; el bloqueo de infraestructuras críticas terrestres los días 11 de noviembre de 2019 y 13 de noviembre de 2019; y las acciones cometidas a propósito del partido de fútbol entre el FC Barcelona y el Real Madrid CF el día 18 de diciembre de 2019.

Si bien no entra a analizar la calificación jurídica realizada por el magistrado, que entiende que los hechos encajan indiciariamente en el delito de terrorismo, explica que en los mismos no cabe ninguna de las exclusiones que incorpora la ley y que impedirían una amnistía para los encausados.

Hace especial mención a la exclusión que consta en la ley para delitos que sean calificados como terrorismo por la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017. Explica que según lo que se atribuye a los encausados “no parece que ninguno de los delitos graves –de la directiva– les resulte imputables,(…) aún si se diera por cierto que conocían y alentaron la actividad de Tsunami Democràtic”.

“Dicho de otro modo: las conductas típicas armonizadas que son parámetro de la aplicación de la amnistía no alcanzan a definir como delito de terrorismo las que recoge la presente causa”, explica.

Y en cuanto al supuesto acumulativo y necesario para que se dé esa exclusión, que los hechos hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos, la Abogacía del Estado indica que hechos como las “lesiones de gravedad a miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado” que ocurrieron en El Prat y en las calles de Barcelona, o el fallecimiento de una persona tras el bloqueo del aeropuerto –“si bien no se constatado que resulte objetivamente imputable al bloqueo de las instalaciones del aeropuerto del Prat”– no pueden calificarse graves violaciones de derechos humanos.

En esta causa están investigados la secretaria general de ERC, Marta Rovira; el jefe de gabinete del expresidente catalán Carles Puigdemont, Josep Lluís Alay; la dirigente de ERC Marta Molina; el empresario Oriol Soler; el exsecretario de organización de ERC Xavier Vendrell; el periodista Jesús Rodríguez Sellés; el empresario Josep Campmajó; el considerado tesorero de ‘Tsunami’ Jaume Cabani; el dirigente de Òmnium Cultural Oleguer Serra y el banquero Nicola Flavio Guilio.

Los servicios jurídicos del Estado se han pronunciado después de que el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6, el juez Manuel García Castellón, diera plazo a acusaciones y defensas para que presentasen sus alegaciones sobre la aplicación de la ley de amnistía a los encausados en el procedimiento de ‘Tsunami Democràtic’.

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