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El acusado de abusar de una niña en una fiesta: “Soy inocente, hay mucha mentira y maldad”

El joven acusado de abusar de una niña en una fiesta de cumpleaños en una casa rural cerca de Liérganes y que se enfrenta a doce años de prisión por estos hechos se ha declarado inocente este jueves al término del juicio contra él, celebrado durante dos jornadas en la Audiencia Provincial de Cantabria y que ha quedado visto para sentencia.

“Yo soy inocente y no hice nada de lo que dice esa niña”, ha asegurado el procesado durante el ejercicio de su derecho a la última palabra, momento en el que también ha apuntado que “hay mucha mentira, demasiada, y maldad” en torno a este caso y ha dicho no saber “por qué me atacaron de esta manera”.

El chico, no obstante, cree que la denuncia obedece a “problemas” de su prima -que era quien cumplía años el día de los hechos y amiga entonces de la víctima- con otra menor que también había asistido a la celebración y ha considerado que él “ha pagado los platos rotos” de eso con una acusación que es “una total rotunda mentira”.

En su alegato final en la vista oral en la Sección Primera ha refrendado lo declarado por su prima y otros testigos, familiares suyos, asegurando que la protagonista de la fiesta estuvo “en todo momento” con la denunciante el día en cuestión, en junio de 2021, y “no la dejó sola ni un segundo”.

Ha vuelto a negar así los tocamientos en un dormitorio de la vivienda al que la víctima -que entonces tenía 13 años- había sido retirada por encontrarse mal debido a la ingesta previa de alcohol y, también, la introducción de dedos en la vagina e intento de penetración que, según alegó, se produjo con posterioridad en un baño.

El enjuiciado ha aprovechado para pedir disculpas a su familia: “Se me cae la cara de vergüenza, pero ellos saben muy bien que no hice nada”, ha remarcado a la Sala, ante la que ha expresado que vino hace tres años de Venezuela “con sueños” y “para ser mejor persona” pero “me cayó todo esto”, algo que no sabe cómo ha “podido aguantar”.

HECHOS ACREDITADOS Y PROBADOS

Por lo demás, en la segunda sesión del plenario las partes han elevado a definitivas sus conclusiones, manteniendo la fiscal y la abogada de la acusación particular la petición de doce años de prisión al entender ambas que los hechos han quedado “perfectamente acreditados” y “suficientemente probados”.

Además, la primera ha tildado de “curiosa” la memoria de los testigos propuestos por la defensa, familiares del procesado que declararon a favor de él, y que a juicio de la representante del ministerio público tienen una “memoria prodigiosa” para algunas cosas mientras que no recuerdan otras.

Y, en este sentido, la segunda ha tachado de “discurso aprendido y repetitivo” la versión que ofrecieron estos allegados sobre aspectos como la vestimenta de la menor y que a sus ojos no tienen “apoyo” en prueba alguna.

De su lado, el letrado defensor también se ha ratificado en la libre absolución interesada para su patrocinado, al entender que la denunciante ha “mentido”.

No obstante, esta parte ha introducido dos variantes subsidiarias por si su cliente es condenado por agresión sexual, para que se le impongan penas de entre uno y cuatro años de prisión por un delito simple -sin penetración- y, en segundo lugar, si se contempla esta última opción, que se considere que no hubo violencia ni intimidación pues la niña fue “voluntariamente” al baño con él.

Este abogado ha rechazado que se cuestione la “memoria selectiva” de sus testigos pero no la de la víctima, que a su parecer no detalla los hechos y “miente”, en aspectos sobre cómo iba vestida aquel día o quién conducía cuando la llevaron de la casa rural a su vivienda de madrugada. Cree que su testimonio “carece de la verosimilitud” como para que una persona vaya a la cárcel “doce años, toda una vida”.

CONTACTO DE CUALQUIER TIPO

En la última jornada del juicio se ha practicado la prueba pericial en la que, por un lado, los forenses han descartado que dos “pequeñas” lesiones que presentaba la víctima durante la exploración tuvieran que ver con los hechos, al haber “cuatro días” de diferencia entre unas y otros y al no apreciarse relación de “causa-efecto”.

Y aunque no se encontraron restos de semen del procesado, sí se hallaron de ADN compatibles con el suyo en la ropa interior de ella, y que podrían deberse a “cualquier tipo de contacto” entre ambos, sin que implique necesariamente penetración.

De su lado, las expertas que se entrevistaron con la víctima consideraron que su testimonio era “creíble” al apreciar “suficientes” criterios de los establecidos en la prueba practicada para acreditarlo así.

Han calificado de “detallado” su relato y han apreciado “malestar emocional” de la menor al contar hechos nucleares. En relación con lo anterior, entienden que es “muy habitual” en estos supuestos no querer incidir en determinados aspectos o que haya olvidos y lapsus. Finalmente, no apreciaron “motivación o beneficio” alguno en la niña para denunciar al joven.

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