El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Melilla ha anulado la plaza a la única mujer que ha conseguido aprobar las oposiciones en la historia de los Bomberos de la ciudad, concretamente en el año 2017, por un presunto trato de favor por parte de la presidenta del tribunal oposición, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
El tribunal ha ordenado repetir la prueba C de la oposición (psicotécnica y de personalidad), con la anulación de las pruebas posteriores en relación exclusivamente a la citada mujer bombero, “dado que debió ser declarada no apta, y por tanto no debió participar en las siguientes fases del proceso de selección”, recoge el auto judicial.
La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en el plazo de 15 días desde que fue notificada la misma.
El Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, que ha llevado la defensa de los opositores que recurrieron el proceso, ha expresado que “por fin, tras seis años de litigios, se ha resuelto la oposición de bomberos de Melilla del 2017 con la anulación de la misma”. Según ha explicado, en esta oposición se detectó “un presunto trato de favor de la Presidenta del Tribunal a una de las opositoras en la prueba psicotécnica y de personalidad”.
Es por ello, ha explicado, que cinco de los opositores que participaron en dicha prueba y que habían sido declarados no aptos en dicha prueba iniciaron un doble camino judicial. Por un lado iniciaron una acción penal por presunto delito de prevaricación, que “pese a las evidencias de manipulación del proceso selectivo, fueron sobreseídas por el Juzgado de Instrucción de Melilla, al no apreciar indicios de criminalidad” ha indicado. Sin embargo, ha añadido, los opositores no se conformaron con esa resolución y recurrieron de forma paralela al juzgado de lo Contencioso Administrativo de Melilla, que “les ha dado la razón”.
Según refiere el letrado Antonio Suárez-Valdés abogado de los cinco opositores recurrentes, “el tribunal de selección alteró sus propios criterios de calificación expresos, con la finalidad de permitir que una opositora, cuyas tías tenían una amistad íntima con la presidenta del Tribunal, superase una prueba que tenía suspensa, extremo este que no hizo con el resto de los opositores excluidos del proceso por el mismo motivo”. “Y esto –ha proseguido el abogado– lo hizo con intervención expresa de la Presidenta del Tribunal que llamó a las psicólogas asesoras del tribunal para que alteraran los criterios de corrección y sin aprobación previa del resto de los miembros del tribunal”.
Según el letrado, esto provocó incluso que en dicho órgano se produjeran dimisiones, “al no querer formar parte algunos de sus miembros de dicho cambalache”. Así, señala que “el Juez en su cuidada sentencia desmonta toda esta operativa fraudulenta, ordenando repetir la prueba psicotécnica y de personalidad a los aspirantes que habían sido injustamente declarados no aptos en la misma, pero al tiempo, despoja de su plaza de funcionaria a la opositora favorecida por las irregularidades producidas, la cual tendrá igualmente que repetir la prueba”.