Un hecho inusual se vivió en la localidad de Chapinero, en el nororiente de Bogotá, la noche del jueves 4 de julio, luego de que uniformados adscritos al CAI (Comando de Atención Inmediata) Lourdes detuvieron en plena vía pública a un hombre que se hallaba atado de manos y retenido por varios miembros de tres comunidades indígenas.
El motivo que llevó a los indígenas (más de cinco personas) a detener a este sujeto sería por un presunto fraude que habría cometido el hoy detenido, y que según los mismos representantes indígenas se habría apoderado de más de $700 millones.
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Los integrantes de las tres comunidades —Brisas del Cucuana de Nuevo Horizonte, del municipio de San Antonio, del resguardo indígena Pijao Campo Alegre y de la comunidad indígena Canalí Ventaquemada de Ortega, todas ubicadas en el departamento del Tolima— le aseguraron al Ojo de la noche de Noticias Caracol que un miembro de su propia etnia sería el responsable de apoderarse del dinero que iba a ser distribuido entre los tres grupos.
l supuesto estafador pasó en el CAI toda la noche del jueves, custodiado por los líderes indígenas, quienes esperan que las autoridades les entreguen al hombre para llevárselo hasta el Tolima, donde esperan poderlo juzgar bajo sus leyes.
Lo acusan de haberse quedado con dinero de las comunidades
“Este señor nos hizo una falta grave, hizo un delito de fraude de unos dineros que el ministerio del Interior los ordenó”, aseguró uno de los hombres que permanece frente al CAI, quien agregó que al sujeto, quien fue líder indígena de estas comunidades afectadas, le pagaron varias cuentas por una suma de $710 millones, que correspondían para las tres comunidades.
Por su parte, otro de los hombres que llegó desde el Tolima hasta la capital le manifestó al mismo medio que llevaban buscando al hombre desde hacía dos años, y se mostró inconforme tras la acción de los uniformados que decidieron llevarlo hasta el CAI, pues según él, a ellos no les corresponde intervenir en esta situación dado que “la Ley 89 de 1980 y el artículo 246 de la Constitución hace que nosotros mismo castiguemos a estos indígenas, y más a este tipo corrupto que ha hecho cosas en el pueblo pijao”, explicó.
Para reafirmar dicha posición, otro de los presentes en el lugar detalló que “la legislación del pueblo indígena nos permite que nosotros podamos juzgarlo en nuestro propio territorio”, y agregó que si les entregan al sujeto dejarán de inmediato la capital y retornarán al Tolima. “Si no lo entregan (los policías del CAI) nosotros nos vamos pa’ territorio inmediatamente; nosotros no estamos aquí porque nosotros queramos, es porque ese señor nos obligó a tener que seguirlo”, añadió el líder indígena.
De momento la Policía de Chapinero no se ha manifestado al respecto, y se estima que la noche del viernes 5 de julio llegarían más miembros de las tres comunidades para apoyar a sus compañeros si los uniformados no les entregan al sujeto para poderlo juzgar bajo sus leyes.
Qué indica la Ley 89 de 1980
La Ley 89 de 1980 en Colombia establece el marco legal para la protección y organización de las comunidades indígenas. Regula el reconocimiento de sus resguardos, derechos territoriales y autoridades tradicionales. También promueve la conservación de su cultura, agricultura y modos de vida. La ley busca garantizar la autonomía de las comunidades indígenas y su participación en la gestión de sus territorios.
Lo que reza el Artículo 246 de la Constitución Política
El Artículo 246 de la Constitución Política de Colombia establece que las autoridades de los pueblos indígenas pueden ejercer funciones jurisdiccionales dentro de sus territorios de acuerdo con sus propias normas y procedimientos, siempre y cuando no sean contrarios a la Constitución y las leyes del país. La ley definirá las formas de coordinación de esta jurisdicción especial con el sistema judicial nacional.