El número de personas que han sido beneficiadas por la ley de amnistía al ‘procés’ asciende al menos a 86, entre condenados que han sido exonerados y absueltos que han visto cancelados sus antecedentes –incluidos los policiales– desde que la norma entró en vigor el 10 de junio. Todas las amnistías concedidas hasta ahora han sido acordadas en los tribunales y juzgados con sede en Cataluña.
Este viernes, la Audiencia de Barcelona amnistió a 8 procesados: 4 de ellos manifestantes imputados por delitos de desórdenes públicos, atentado a agentes de la autoridad, resistencia grave a agentes de la autoridad y delitos leves de daños; y los otros 4, miembros del cuerpo de Mossos d’Esquadra, acusados de los delitos contra la integridad moral y lesiones.
Por su parte, el Juzgado Penal Número 2 de Figueres (Girona) amnistió el jueves a la exalcaldesa de este municipio, Marta Felip (PDeCAT), que fue procesada como presunta autora de un delito de desobediencia y se encontraba a la espera de juicio por su participación en la preparación del referéndum independentista del 1-O.
El miércoles, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña aplicó la amnistía a un exsecretario del Ayuntamiento de Hostalric (Girona) que fue condenado por un delito de prevaricación a la pena de 9 años de inhabilitación especial para empleo de cargo público por “exagerar” la actuación de un grupo de personas que acudieron al pueblo para retirar lazos amarillos y pancartas en apoyo al proceso independentista.
Ese mismo día, el TSJ catalán también amnistió a una persona que había sido condenada por un delito de tenencia de artefactos explosivos después de que en diciembre 2018 los Mossos d’Esquadra le requisaran la mochila en una manifestación.
Según consta en la sentencia en la que se le absuelve, llevaba “una botella de plástico que contenía ácido clorhídrico en solución acuosa –liquido transparente muy corrosivo que produce quemaduras en contacto con la piel, por ingestión o por inhalación de sus vapores– envuelta en cinta de embalar con la inscripción de “Puta España” y una caja metálica que contenía 16 bolas de papel de aluminio y 20 clavos y chinchetas junto a otros objetos. El tribunal ha amnistiado también a otras dos personas que fueron absueltas en el mismo procedimiento.
46 POLICÍAS AMNISTIADOS
Al margen, esta misma semana, el Juzgado de Instrucción Número 7 de Barcelona ha amnistiado a 46 agentes de la Policía Nacional que estaban siendo investigados por las cargas del 1-O en colegios electorales de Barcelona.
El juez consideró que la amnistía debía ser aplicada en este caso porque “las actuaciones investigadas fueron de escasa duración individual” y estuvieron “enmarcadas en un objetivo policial definido” que no se prolongó en el tiempo “más allá de la propia maniobra policial de entrada y salida de los distintos colegios electorales”.
El instructor explicó, además, que los hechos investigados no fueron lo suficientemente graves como para excluirlos de la amnistía, que no ampara delitos de lesiones penados con más de cinco años de prisión, ni tampoco delitos de torturas o trato degradante.
BUCH Y EL ESCOLTA DE PUIGDEMONT
A los 46 policías beneficiados se suman otras 27 personas que fueron amnistiadas el pasado 25 de junio por el TSJ de Cataluña. Los primeros fueron el exconseller de Interior de la Generalitat, Miquel Buch, y el escolta del expresidente Carles Puigdemont, Lluís Escolà.
El exconseller había sido condenado por malversación a cuatro años y medio de prisión por designar al mosso d’Esquadra Lluís Escolà –condenado a cuatro años por el mismo delito– como cargo de confianza para que escoltara al expresidente Puigdemont en el extranjero cuando huyó tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución en Cataluña.
El TSJ catalán declaró la extinción de la responsabilidad penal de Buch, Escolà y otras 25 personas “al quedar amnistiados los actos en virtud de los cuales fue declarada su responsabilidad criminal en la instancia”.
ATENTADOS CONTRA LA AUTORIDAD Y LESIONES
Entre esas 25 personas amnistiadas constan tres que fueron condenadas por un delito de atentado contra la autoridad durante las protestas del 1 de octubre de 2020 en Barcelona. Los magistrados borraron la pena de tres años y un día de prisión que se les había impuesto. A uno de ellos se le perdonó también un delito de lesiones.
Las otras personas que se han visto beneficiadas por la norma fueron condenadas, entre otros, por delitos de atentado contra la autoridad o delitos leves de lesiones en el marco de varias protestas que tuvieron lugar en Cataluña entre 2018 y 2019 a favor del ‘procés’.
Todos los que en su momento fueron absueltos en los tribunales de los delitos de desórdenes públicos han visto ahora cancelados sus antecedentes, incluidos los policiales, por el TSJ catalán en aplicación de la ley de amnistía.
FISCALÍA CALCULA CASI 500 BENEFICIADOS
La Fiscalía General del Estado calcula que 486 personas podrían beneficiarse de la norma. Según informó el Ministerio Público, la ley afectaría “aproximadamente” a 82 procedimientos penales que se encuentran actualmente en tramitación. Dichas causas se reparten entre el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y juzgados y tribunales de Cataluña.
Sin embargo, matizó que es posible que no se pueda aplicar la amnistía en los 82 procedimientos porque hay causas con delitos que no se incluyen en la ley –como por ejemplo, delitos de odio– en conjunto con otros que sí se contemplan en el texto legal.
Esta misma semana, el Tribunal Supremo ha rechazado amnistiar la malversación al ‘procés’ y ha señalado que, aunque ve amnistiable la desobediencia, tiene dudas sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía.
Así las cosas, el alto tribunal ha preguntado a las acusaciones y defensas del procedimiento si ven pertinente plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional para que se pronuncie sobre la previsión de la ley de amnistía de exonerar el delito de desobediencia atribuido a los encausados del ‘procés’.