El Poder Ejecutivo ha autorizado el aguinaldo por Fiestas Patrias a través del Ministerio de Economía y Finanzas. Los trabajadores del sector público recibirán esta bonificación de S/300, que será incluida en la planilla de pagos del mes de julio de 2024.
El aguinaldo abarcará a funcionarios y servidores bajo los regímenes laborales siguientes
- Decreto Legislativo Nº 276
- Ley Nº 29944
- Ley Nº 30512
- También incluye a docentes universitarios según la Ley Nº 30220
- Personal de salud, obreros permanentes y eventuales del sector público, personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, y pensionistas bajo los regímenes de la Ley Nº 15117, Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y Ley Nº 28091
¿Cómo saber si me corresponde aguinaldo?
Esta medida, que busca brindar un apoyo económico adicional a los servidores públicos en el marco de las celebraciones por Fiestas Patrias, contribuyendo así a su bienestar durante este periodo festivo, será, como se remarca, para los trabajadores y pensionistas públicos, según lo detallado anteriormente.
Pero también se debe aclarar que este beneficio será otorgado a los empleados públicos que, al 30 de junio, se encuentren laborando o en una situación similar que incluya descanso vacacional, licencia con goce de remuneraciones o percibiendo subsidios de la Ley Nº 26790.
De igual manera, se debe contar con una antigüedad mínima de tres meses trabajando en el servicio hasta esta fecha. Si no es así, se abonará un monto “en forma proporcional a los meses y días laborados”.
Fechas de pago del Aguinaldo
Como señala la norma aprobada, el pago de este aguinaldo de S/300 se hará con los pagos de la planilla, según el cronograma del Banco de la Nación que ya se conoce.
- El jueves 18 de julio se pagará a los trabajadores de las siguientes entidades: Presidencia del Consejo de Ministros, Poder Judicial, Justicia, Relaciones Exteriores, Economía y Finanzas, Universidades públicas, Agrario y de Riego, Contraloría General de la República, Defensoría del Pueblo, Junta Nacional de Justicia, Ministerio Público, Tribunal Constitucional, Defensa, Congreso de la República, Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Transporte y comunicaciones, Gobiernos regionales: unidades ejecutoras de agricultura
- El viernes 19 de julio se pagará a las entidades de Educación (UGEL 01, 03 y 07) y Gobiernos regionales (unidades ejecutoras de Educación, excepto de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Áncash, Loreto y Puno
- El lunes 22 de julio se pagará a Cultura, Educación (excepto UGEL 01, 03 y 07), Gobiernos regionales (unidades ejecutoras de Educación de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Áncash, Loreto y Puno –
- El miércoles 24 de julio se pagará a Ambiente, Salud, Trabajo y Promoción del Empleo, Energía y Minas, Comercio Exterior y Turismo, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Producción, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Desarrollo e Inclusión Social, Gobiernos regionales (todas las unidades ejecutoras, excepto las de Educación y Agricultura) –
- El jueves 25 de julio se pagará a Interior y Fuero Militar Policial
Aguinaldo: sobre la percepción
“Los funcionarios, servidores y pensionistas de la Administración Pública reciben el aguinaldo por Fiestas Patrias en una sola entidad pública, debiendo ser otorgada en aquella que abona el mayor monto de ingresos”, detalla la norma aprobada.
Asimismo, “el aguinaldo por Fiestas Patrias no constituye base de cálculo para el reajuste de cualquier tipo de remuneración, bonificación, beneficio o pensión”. Tampoco “la percepción del aguinaldo por Fiestas Patrias dispuesto por la Ley Nº 31953, es incompatible con la percepción de cualquier otro beneficio en especie o dinerario de naturaleza similar que, con igual o diferente denominación, otorga la entidad pública, independientemente de la fecha de su percepción en el presente Año Fiscal”.