La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó que el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) vulneró la contienda electoral al difundir propaganda gubernamental en distintas emisiones de la conferencia mañanera.
Durante la sesión del miércoles 17 de julio, los magistrados confirmaron tres sentencias contra el titular del ejecutivo, las cuales correspondían a un proyecto de Felipe Fuentes Barrera y dos de Mónica Soto Fragoso, en los cuales se avaló que la administración federal se habría alejado de su carácter institucional e informativo durante el proceso electoral 2023-2024.
“Las expresiones denunciadas se apartan del carácter institucional, informativo, educativo o de orientación social que deben tener los espacios de comunicación oficial, en tanto, resultaron transgresoras de los principios de la materia electoral”
La primera sanción secundó la posición que emitió la Sala Especializada en la que determinó que tanto el político tabasqueño, la titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Alicia Bárcena Ibarra, incurrieron en difusión de propaganda gubernamental durante la conferencia mañanera del 21 de marzo.
En tanto, la siguiente sanción corresponde a la conferencia del 22 de marzo cuando el mandatario mexicano salió en defensa de la entonces candidata a la gubernatura de Veracruz y extitular dela Secretaría de Energía (Sener), Rocío Nahle García, además de apoyo al titular del ejecutivo de dicha entidad, Cuitláhuac García Jiménez.
Por último, la tercera sanción, correspondiente al 12 de abril, se señaló que López Obrador habría difundido propaganda gubernamental en un periodo prohibido por la ley electoral, por lo que se vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad de la contienda electoral que se vivió en todo el país.
“(Las expresiones) se apartan del carácter institucional, informativo, educativo o de orientación social que deben tener los espacios de comunicación oficial, en tanto, resultaron transgresoras de los principios rectores de la materia electoral”
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