El Ministerio de Defensa de la Nación envió un proyecto de ley al Congreso con el fin de modificar la Ley de Seguridad Interna para que, en el caso de la existencia de un acto de terrorismo, las Fuerzas Armadas puedan actuar dentro del territorio para “restablecer la seguridad interior patrullando las calles, control de personas y vehículos, colaboración en puestos de control fijos o móviles, vigilancia de instalaciones inmuebles y detención en flagrancia”.
El proyecto que lleva la firma del ministro de la cartera, Luis Petri; su par de Seguridad, Patricia Bullrich; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y el presidente Javier Milei, también modifica la subordinación de los servicios de inteligencia del Servicio Penitenciario y de las fuerzas policiales.
En marzo los ministros Luis Petri (Defensa) y Patricia Bullrich (Seguridad) realizaron una conferencia de prensa anunciando el envío al Congreso de un proyecto de ley para modificar la Ley de Seguridad Interior 24.059. Poco más de cuatro meses más tarde el proyecto ingresó y muestra un cambio de rol en las decisiones que atañe al rol de las FFAA y de los ministros de ambas carteras.
El primero de los cambios y quizás el más significativo es la posibilidad de utilizar a las Fuerzas Armadas dentro del territorio frente a la posibilidad de un hecho de terrorismo para “restablecer el orden”. Algo que hoy está prohibido salvo la declaración del Estado de Sitio.
El segundo es la capacidad de acción que se le otorgaría a las Fuerzas Armadas. Según explica el documento, el proyecto de Ley propone una alternativa intermedia a las posibilidades que hoy existen y que las FFAA actúen “en caso de acciones terroristas que tengan por fin aterrorizar a la población, sin necesidad de llegar a utilizar un remedio extremo, como es la declaración de Estado de Sitio”.
“El presente proyecto de ley establece que, en caso de producirse un acto destinado a aterrorizar a la población” y que- como consecuencia de ello- se inicie una investigación penal en el marco del artículo 41 quinquies del Código Penal de la Nación Argentina Ley 11.179 (T.O. 1984 actualizado), el Comité de Crisis estará facultado para solicitar al Ministerio de Defensa la intervención de las FFAA para el restablecimiento de la Seguridad Interior. Esta intervención podrá incluir operaciones de patrullaje, control de personas y vehículos, colaboración en puestos de control fijos o móviles, vigilancia de instalaciones y detención en flagrancia.
El accionar de las Fuerzas Armadas en el control interno es algo que está previsto en la ley actual pero de dos formas muy diferentes a las que propone Petri. La primera es que las FFAA solo actúan en apoyo de las fuerzas de seguridad interior—Gendarmería, Prefectura y policías—y, la segunda forma es que el Ejecutivo declare el Estado de Sitio. Esta norma establece que el solo pedido del Comité de Crisis al Ministerio de Defensa las habilitaría.
Asimismo, la iniciativa dispone que “las Fuerzas Armadas sean capacitadas para las acciones aquí previstas, obteniendo así las aptitudes técnico-legales para intervenir, contar con el equipamiento correspondiente a las necesidades operativas de la misión y con las reglas de empeñamiento conforme al requerimiento efectuado para el caso”.
La firma de Patricia Bullrich en el proyecto tiene que ver con que suma fuerzas de seguridad que están bajo su órbita en el Ministerio de Seguridad. El artículo 2 del proyecto establece que se incorpora como inciso g) al artículo 7° de la Ley N° 24.059 y sus modificaciones el siguiente: “g) Servicio Penitenciario Federal” al listado de instituciones que conforman “el sistema de seguridad interior”. Por otra parte, el proyecto establece que pasa de Seguridad a Defensa la actividad de “dirigir y coordinar la actividad de los órganos de información e inteligencia de la Policía Federal, del Servicio Penitenciario y de la Policía Aeroportuaria, como también de los pertenecientes a Gendarmería y a Prefectura”.