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Congreso aprobó ley de impunidad para crímenes de lesa humanidad: inacción de Dina Boluarte amenaza justicia para casos históricos del conflicto armado interno

Conflicto armado interno
La norma fue propuesta por los congresistas Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular) y José Cueto (Honor y Democracia). Foto: Jorge Ochoa / La República.

Este jueves, el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, dio luz verde a la Ley 32107, que regula los delitos de lesa humanidad después de que expirara el plazo para que el Ejecutivo pudiera realizar observaciones o vetarla.

El texto, titulado “Ley sobre la aplicación y alcance de los delitos de Lesa Humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana”, fue enviado al Despacho Presidencial el 8 de julio. La presidenta Dina Boluarte no tomó ninguna acción antes del plazo final del 1 de agosto, lo que permite que la ley entre en vigor.

Con ello, se establece que solo se pueden imputar crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra a hechos cometidos después del 1 de julio de 2002, fecha en la que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional fue incorporado al sistema legal peruano.

Además, se aplicará la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad desde el 9 de noviembre de 2003.

Ley de Lesa Humanidad
Presidente del Congreso, Eduarno Salhuana, avaló aprobación de polémica norma.

Norma se aprobó pese a críticas de la Corte IDH y Ministerio Público

En ese sentido, con la entrada en vigencia de la polémica norma, los actos ocurridos antes de estas fechas no se consideran delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, bajo pena de nulidad.

De acuerdo a la Fiscalía, esto tendría un impacto directo en 550 víctimas y 600 casos, que incluyen investigaciones y procesos judiciales sobre graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno (1980-2000), los cuales podrían ser archivados o concluidos penalmente debido a la prescripción.

Entre estos se incluyen: Chuschi, la matanza de El Frontón, Barrios Altos, La Cantuta, Putis, Esterilizaciones Forzadas y Accomarca. Sin embargo, pese a las críticas del Ministerio Público y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para detener la norma, esta igual decidió aprobarse.

conflicto armado interno
A 20 años del informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) más de 19 mil personas siguen desaparecidas. Foto: EPAF

Alberto Fujimori, el principal beneficiado

En ese contexto, el exdictador Alberto Fujimori, cuyo régimen se desarrolló en el país de 1990 a 2000 y que fue condenado en 2009 por violaciones a los derechos humanos, sería uno de los principales beneficiarios de la norma, impulsada por el partido Fuerza Popular (FP), liderado por Keiko Fujimori, hija del expresidiario e investigada por liderar una organización criminal y los presuntos delitos de lavado de activos, entre otros.

Además, se suman a la lista de favorecidos militares acusados o condenados por crímenes en dicha época, que dejó miles de víctimas, —la gran mayoría de sectores quechuahablantes, campesinos y pobres— como Daniel Urresti Elera, acusado de violación sexual en agravio de la ciudadana ayacuchana Ysabel Rodríguez Chipana y del asesinato del periodista Hugo Bustíos; así como el operador político Vladimiro Montesinos, condenado por el asesinato de la suboficial y agente de inteligencia Mariela Barreto Riofano, entre otros cargos.

Adicionalmente, se incluyen exmiembros de los grupos terroristas Sendero Luminoso (PCP-SL) y el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA).

Archivo - El expresidente de Perú, Alberto Fujimori, asiste a un juicio en su contra en una base policial en Lima, en diciembre de 2007. Foto: AP Photo/Karel Navarro, Archivo
Archivo – El expresidente de Perú, Alberto Fujimori, asiste a un juicio en su contra en una base policial en Lima, en diciembre de 2007. Foto: AP Photo/Karel Navarro, Archivo (Karel Navarro/)

¿Qué otra ley polémica entró en vigencia?

Por otro lado, la ley sobre crimen organizado también ha sido aprobada. Esta redefine lo que constituye una organización criminal. Según la nueva norma, ahora dichas organizaciones deben tener una estructura compleja y operativa, formada por al menos tres personas que colaboran en delitos con penas superiores a seis años de prisión.

Además, la normativa exige que los allanamientos se realicen en presencia del involucrado y su abogado. La propuesta legislativa fue liderada por el congresista Américo Gonza (Perú Libre) y se basa en un proyecto del congresista Waldemar Cerrón.

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