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El Tribunal Supremo ratifica la absolución del monitor de Villaescusa (Cantabria) por abusos a una menor

El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución –por falta de pruebas– del monitor de Villaescusa acusado de tocamientos a una menor cuando tenía 5 años, a la que daba clases de multideportes.

Así se desprende de un auto de la Sala de lo Penal del TS en el que inadmite el recurso de casación a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que a su vez ratificaba el fallo de la Audiencia Provincial que enjuició los hechos.

Con la resolución del Alto Tribunal, a la que ha tenido acceso Europa Press, se corrobora la absolución del monitor, que precisamente ahora está siendo investigado por las grabaciones denunciadas por las jugadoras del Oceja en los vestuarios del campo de fútbol del Villaescusa tras disputar un partido el pasado 31 de agosto.

El recurso alega la persistencia en el testimonio de la menor; que no hay motivos para que ésta fabule; que verbalizó hasta en tres ocasiones lo mismo, de forma espontánea a sus padres, a su abuela materna y a los técnicos peritos; y el hecho de que la entrevista no se realizara en una cámara Gesell pudo influir en que se incrementaran sus sentimientos de miedo y vergüenza y que esto afectase a la calidad del relato, en el que, no obstante, la niña incorporó algún detalle de tipo inusual, confirmando los hechos denunciados.

En el auto, el Supremo señala que los argumentos del recurso de casación son los mismos que se esgrimieron en el de apelación y el primero no puede consistir “en la reiteración simple del contenido de la impugnación desarrollada en la apelación ni en el planteamiento de cuestiones no debatidas en la apelación, pues las mismas ya han tenido respuesta desestimatoria o son cuestiones que han sido consentidas por la parte”.

En el mismo sentido apunta la conveniencia de que la parte planteara adecuadamente las razones que sustentan la relevancia casacional de su recurso, bien en cuanto a los aspectos que sostienen su fundamento esencial o bien en relación con los aspectos novedosos que plantea su recurso, lo que podría dar lugar a un pronunciamiento “que se apartara de las conclusiones obtenidas en las dos instancias previas a la casación”.

El auto, del que es ponente el magistrado Manuel Marchena, recoge que el Tribunal Superior asume los razonamientos de la Sala, que destaca que el testimonio de la menor “no es sólido, no es un relato con suficiente precisión y detalle, y no tiene contenido incriminatorio suficiente para desvirtuar el derecho a la presunción de inocencia”.

También, que el tribunal de apelación señala que las psicólogas de la Guardia Civil, tras participar en la exploración de la menor, expusieron en el juicio oral que la menor manifestó resistencia y realizó un relato muy breve y no se obtuvo de manera libre, así como que tenía capacidad cognitiva para haber ofrecido otro testimonio.

Para el Alto Tribunal, la decisión a la que llegó el Tribunal Superior debe ser ratificada, en la medida que ha verificado el juicio sobre la racionalidad de la valoración de la prueba.

Y señala que la cuestión carece de relevancia casacional, “en la medida en que no alega ni plantea argumentos distintos de los ya esgrimidos con anterioridad, que permitan a esta Sala advertir y apreciar cuáles son las razones que podrían dar lugar a un pronunciamiento que se apartara de las conclusiones obtenidas en las dos instancias previas a la casación. Especialmente teniendo en cuenta que la impugnación de la sentencia de la Audiencia Provincial ha recibido por parte del órgano de apelación una respuesta lógica, motivada y razonable y que respeta la reiterada jurisprudencia sobre el particular (que se cita y aplica adecuadamente en tal resolución)”.

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ratificó el pasado mes de noviembre la absolución del monitor, decisión acordada en mayo por la Audiencia Provincial “dada la inexistencia de pruebas de cargo, sólidas y concluyentes, que justifiquen la culpabilidad del acusado y la imposición de una pena de prisión”.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial absolvió al procesado por falta de pruebas, al considerar que la única de cargo existente, la exploración de la menor, era “de todo punto insuficiente” para condenarle.

El tribunal destacó en este punto que, especialmente al tratarse de una niña tan pequeña, influyó en la prueba la “falta de medios”, como una cámara Gesell: una habitación acondicionada que permite la observación de personas para que puedan declarar con mayor comodidad.

VILLAESCUSA

Se la circunstancia de que el monitor absuelto fue detenido el 31 de agosto y puesto en libertad el 3 de septiembre por unas grabaciones en un vestuario deportivo en Villaescusa, con la medida cautelar de prohibición de aproximación a menos de 100 metros de las instalaciones donde presuntamente se produjeron los hechos, en el campo de fútbol de La Concha.

El hombre decidió no declarar y está investigado en unas diligencias abiertas por presuntos delitos contra la intimidad.

Fue arrestado por la Guardia Civil de Cantabria sobre las siete de la tarde del 31 de agosto por, supuestamente, grabar con un móvil a jugadoras de un equipo de fútbol cuando se encontraban en el vestuario de visitantes del campo de Villaescusa tras un partido.

Los hechos se produjeron después del encuentro, cuando las afectadas estaban en la ducha, y a continuación fue arrestado el sospechoso, vecino del municipio.

En concreto, la denuncia fue interpuesta por las jugadoras del equipo visitante, el Club Deportivo Oceja (Santillana del Mar) que, después del partido disputado en La Concha de Villaescusa -un amistoso, en la categoría de Regional Preferente a la que pertenecen ambos partidos- vieron en un agujero del techo del vestuario un teléfono móvil que estaba grabando.

Las afectadas alertaron de lo que estaba pasando y responsables del club localizaron al sospechoso, que fue detenido por la Benemérita cuando se personó en el municipio.

El hombre trabaja desde hace más de una década en el club deportivo Villaescusa como utillero aunque también desempeña otras funciones, como entrenador de segunda.

Además, estaba previsto que empezara a trabajar la semana pasada para las escuelas deportivas municipales, extremo que por ahora no se va a producir, indicaron a esta agencia fuentes municipales.

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