El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría la recusación formulada por el PP contra el presidente del órgano, Cándido Conde-Pumpido, por lo que éste podrá participar en las deliberaciones sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado por ‘Génova’ contra la ley de amnistía, según informa el propio TC.
Se trata de una decisión adoptada por siete votos a favor y uno en contra. Este último ha sido de la magistrada conservadora Concepción Espejel que, aún estando de acuerdo con rechazar la recusación, ha anunciado un voto particular discrepante con la composición del Pleno. Por su parte, el magistrado Enrique Arnaldo –también enmarcado en el sector conservador del TC– ha anunciado voto particular concurrente por disentir igualmente de la configuración del órgano.
Cabe esperar que las mismas razones que han llevado al Pleno a descartar la recusación ‘popular’ conduzcan a tumbar las otras ocho formuladas contra Conde-Pumpido por comunidades autónomas gobernadas por los de Alberto Núñez Feijóo que han impugnado igualmente la ley de amnistía.
El PP entendía que Conde-Pumpido debía quedar apartado por las mismas causas que en su día motivaron su abstención en los asuntos del ‘procés’. En 2021, se abstuvo tras decir en una conferencia de 2017 que los hechos que entonces se estaban produciendo en Cataluña buscaban “subvertir el Estado social y democrático de Derecho utilizando fraudulentamente la propia bandera de la democracia”.
El auto aprobado este martes esgrime que esas palabras no pueden servir para apartar hoy a Conde-Pumpido del debate sobre la amnistía porque el objeto de impugnación es distinto.
En estos momentos, explica, se trata de “resolver sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía, que se impugna de forma global y particularizada en relación con concretos preceptos”.
“Una norma penal que no existía en el momento de suscitarse la abstención, norma cuya validez se cuestiona de manera abstracta, por lo que no cabe apreciar que las manifestaciones controvertidas entonces se refirieran al problema constitucional suscitado en este procedimiento”, afirma el TC.
A pesar de que la decisión se ha adoptado con una amplia mayoría de los magistrados presentes, las discusiones sobre este asunto han ocupado buena parte de la jornada, dado el malestar en el bloque conservador por la forma de proceder del propio Conde-Pumpido con las recusaciones planteadas en los asuntos referidos a la amnistía.
Y es que en este Pleno solo han participado 8 de los 12 magistrados que lo integran habitualmente porque Conde-Pumpido pidió a la magistrada progresista Laura Díez y al conservador José María Macías que no intervinieran en la deliberación sobre la recusación dirigida contra él porque ellos también están recusados en este tema, ella por parte del PP y él por la Fiscalía y la Abogacía del Estado.
El sector conservador abogaba por resolver las recusaciones formuladas contra estos tres magistrados del mismo modo que se hizo con las abstenciones del progresista Juan Carlos Campo, que se apartó voluntariamente de los debates sobre la amnistía porque cuando era ministro de Justicia dijo que era “claramente inconstitucional” en los informes a favor de indultar a los condenados por el ‘procés’.
UN RESULTADO “NEUTRO”
Con Campo, el TC ratificó su abstención en el primer asunto que llegó a Pleno –la cuestión de inconstitucionalidad formulada por el Tribunal Supremo (TS)– y, en un Pleno posterior, aplicó ese mismo criterio a las otras 19 abstenciones restantes.
En un escrito dirigido a Conde-Pumpido, Macías le pidió no fraccionar la deliberación sobre las recusaciones para garantizar un resultado “neutro”. Razona que, de rechazarse las formuladas contra el presidente del TC y Díez, los magistrados progresistas podrán decidir sobre la lanzada en su contra sin que él haya podido hacerlo en las de ellos.
Así las cosas, Macías reclamaba aplicar la ‘pauta Campo’ a las 54 recusaciones a magistrados que acompañan a las impugnaciones a la ley de amnistía. En concreto, el ex vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acumula 27, mientras que Conde-Pumpido, Díez y Campo cuentan con 9 cada uno. Cabe recordar que las formuladas contra el ex ministro de Justicia decayeron tras ser aceptadas sus abstenciones.
Frente a la petición de Macías, otras voces de la corte de garantías esgrimen que, precisamente, se ha transitado hacia el modelo que el bloque conservador defendió durante el Pleno celebrado el pasado 24 de septiembre, en el que se avaló el conjunto de las abstenciones de Campo.
LAS DOS VELOCIDADES DE LA AMNISTÍA
Una vez rechazada la recusación de Conde-Pumpido, se espera que en el siguiente Pleno se discuta la de Díez en este mismo asunto. Posteriormente, la idea es abordar la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad del PP, cuya ponencia ha recaído, precisamente, en Macías. Y después tratar la recusación contra este último.
Ambos sectores coinciden en señalar la pugna por el control de los tiempos como verdadero motivo del nuevo enfrentamiento entre los dos bloques de la corte de garantías.
Desde el ala progresista se buscaba “agilizar” la tramitación de la ley de amnistía a fin de poder sentenciarla en un plazo de entre seis meses a un año, una estimación que en el escenario más optimista podría alumbrar un fallo hacia verano.
De otro lado, se pretendía un debate más sosegado que respetara desde el inicio la individualización de cada incidente –ya fuera abstención o recusación–, lo que dilataría irremediablemente la primera sentencia sobre la amnistía.
Según indican fuentes jurídicas a esta agencia de noticias, estas dos velocidades se explican por la creciente sensación de que el momento en el que falle el Constitucional podría ser clave para la actual legislatura.