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El derecho fundamental a la rectificación se encuentra consagrado en el artículo 20 constitucional y opera cuando se transmite información falsa o parcializada que deriva en la violación de derechos fundamentales como el buen nombre, la honra y la intimidad.
En estos casos la persona afectada tiene el derecho a obtener del medio de comunicación, la rectificación de aquello que es contrario a la verdad o que resulta ser una exposición sesgada o parcializada de los hechos. (Corte Constitucional, ST-200 del 25 de mayo de 2018. M.P Alejandro Linares Cantillo). Sin embargo, en este caso la verdad se impuso sobre el acoso judicial del alcalde suspendido de Duitama José Luis Bohórquez quien con ruana y sombrero busco eliminar una información valiosa para la opinión pública.
El lío de José Luis Bohórquez
José Luis Bohórquez fue electo como alcalde de Duitama en las elecciones del mes de octubre del año 2023 con 12.843 votos, este joven abogado de 30 años hoy se encuentra suspendido.
El Consejo de Estado, en segunda instancia, suspendió provisionalmente la elección de José Luis Bohórquez López como alcalde del Municipio de Duitama, al interior del proceso de nulidad electoral que cursa en contra del dirigente político en el Tribunal Administrativo de Boyacá.
En la demanda se solicitó anular la elección del referido alcalde por doble militancia política. Sin embargo, ese no es el tema de esta columna, el alcalde suspendido hace unos días sin mediar palabra para solicitar una rectificación, aun cuando en muchos escenarios le había entrevistado, radicó una acción de Tutela para hacer sentir su poder, aunque está suspendido.
Lo anterior por el informe publicado en el Tercer Canal con relación a los contratos del polémico esmeraldero asesinado en Bogotá alias “Pedro Pechuga”.
En el portal de periodismo investigativo Cuestión Pública en la columna titulada “Los negocios verdes en Boyacá del asesinado empresario ‘Pedro Pechuga’” deja claro que el señor Juan Sebastián Aguilar fue asesinado el pasado 7 de agosto en una de sus propiedades al norte de Bogotá si tenía negocios con el gobierno departamental de Boyacá y algunas E.S.E del departamento, hecho que según el joven alcalde suspendido es lejano de la realidad, o por lo menos eso le dijo al Juez.
La columna publicada en Cuestión Pública además subraya que «En el hospital de Duitama, la empresa Seguridad Oriental suscribió un contrato por un valor de $524,856,110, vigente hasta diciembre del 2024, y firmado por el gerente Jairo Mauricio Santoyo«, el mismo exsecretario de salud de la gobernación de Ramiro Barragán y ex gerente de la campaña del precandidato presidencial de Carlos Amaya.
En el caso de Duitama, el Consejo de Estado suspendió provisionalmente la elección de José Luís Bohórquez López como alcalde, quien, aunque no firmó el contrato, en el tiempo de su mandato no expresó ningún reparo por la contratación vigente con la empresa del esmeraldero Aguilar.
En este municipio, el gobernador Carlos Amaya designó como alcalde encargado a Jaime Rúa. En su pretensión en la acción de Tutela José Luis Bohórquez se refiere al contrato vigente del año 2024 con alias “Pedro Pechuga” como presunto, cosa que no es presunta, sorprende que el como primera autoridad en el tiempo que estuvo no tuviera conocimiento de la contratación del municipio, a toda vez que se comprueba la veracidad en el documento anexado al Juez, contrato de prestación de servicios CPS 271 – 2024 que se puede contrastar con la prueba adjunta y es vigente entre la E.S.E Hospital Regional de Duitama y la mencionada la empresa Seguridad Oriental, propiedad del difunto empresario ‘Pedro Pechuga’.
Sorprende, que, aunque el periodo de mandato del alcalde José Luis Bohorquez fue corto, ni en el empalme ni en su periodo de gobierno tuvo conocimiento de esta situación.
La alcaldía de Duitama no es una institución ajena al Hospital regional de esta ciudad como está estipulado en la norma y legislación vigente mencionada anteriormente.
Es Falso que la entidad no pueda ser vigilada por el alcalde quien designa y destituye al gerente tal como lo menciona la norma: Así mismo, la norma señala que los gerentes de los ESEs podrán ser retirados de dicho periodo por evaluación insatisfactoria del plan de gestión de acuerdo con el procedimiento de la Ley 1438 de 2011 y por destitución o por orden judicial.
En cuanto al nombramiento de los Gerentes de ESE la norma es clara en señalar que estos serán nombrados por el Jefe de la respectiva Entidad Territorial, (Gobernador – Alcalde) dentro de los tres (3) meses siguientes a su posesión, la cual debe estar precedida por el cumplimiento de requisitos y de la evaluación de las competencias que señale el Departamento Administrativo de la Función Pública, igualmente serán nombrados por períodos de 4 años el cual inicia desde su posesión hasta 3 meses después del inicio del periodo del alcalde.
Finalmente, el Juzgado Segundo Civil Municipal de Duitama, administrando Justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, resolvió: No conceder el amparo constitucional impetrado por José Luís Bohórquez López, en contra del “Tercer Canal” y Daniel Fernando Mejía Lozano, conforme a lo elucubrado en la parte motiva de esta providencia. Además, desvincular al Google Colombia y Google LLC (como propietaria de YouTube Colombia), de conformidad a lo expuesto ut supra.
La acción de Tutela de José Luis Bohórquez no solo tenía errores de ortografía y redacción también muchas falsedades, es importante que la administración pública sea liderada por verdaderos profesionales que asuman responsabilidades, Duitama es una ciudad donde hoy reina la inseguridad, la violencia, los casos de sicariato, la pobreza, el desempleo, el subdesarrollo, carece de infraestructura vial, no tiene escenarios culturales óptimos, sin embargo, José Luis Bohorquez cuidando la espalda de los esmeralderos y de Carlos Amaya sigue perdido en el populismo convencido de que es el mesías que necesitaba su municipio.
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