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Alcaldía de Bogotá ignoraba el pasado oscuro de exsecretario de la Lotería de Bogotá condenado por la Corte

Lotería de Bogotá
La administración busca proteger la integridad y transparencia tras la polémica – crédito prensa Lotería de Bogotá

En un anuncio realizado en X (anteriormente Twitter), Miguel Silva Moyano, secretario general de la Alcaldía, confirmó que la Corte Suprema de Justicia condenó en primera instancia a Fabián Belnavis, que se desempeñó como secretario General de la Lotería de Bogotá desde el 29 de julio de 2024.

Tras conocerse el fallo a través de los medios de comunicación, la Alcaldía solicitó la renuncia inmediata de Belnavis, quien, lamentablemente, no informó sobre el proceso judicial en el que estaba involucrado. Silva Moyano destacó que la hoja de vida de Belnavis fue publicada en el Sideap el 17 de julio y que en dicho proceso no se recibieron comentarios relacionados con la investigación judicial en curso.

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Miguel Silva Moyano, secretario general de la Alcaldía, confirmó la renuncia de Fabián Belnavis – crédito @MSilvaMoyano/X

Además, el secretario resaltó que, en los años posteriores a los hechos que motivaron la condena, Belnavis ocupó diferentes cargos públicos a nivel distrital, departamental y nacional, sin que se presentaran indicios de la investigación. A pesar de respetar el debido proceso, Silva Moyano afirmó que la administración procederá de manera diligente para proteger la administración pública y garantizar la transparencia e integridad de los miembros del equipo de gobierno.

La condena de Belnavis

La Corte Suprema de Justicia de Colombia tomó una decisión contundente al condenar a Fabián Alfonso Belnavis Barreiro, Renzo Alfonso León Vargas y Carlos Alberto Palacios Palacio, quienes ocuparon el cargo de gobernador del departamento del Putumayo. Esta sentencia, que generó un gran impacto en la opinión pública, se deriva de irregularidades en un convenio firmado en 2005 con la Secretaría Ejecutiva del Convenio Andrés Bello (Secab).

Los tres exgobernadores enfrentaron serias imputaciones, incluyendo “contratación sin el cumplimiento de los requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros.” Según la Corte, la celebración de dos cartas de acuerdo condujo al desembolso de más de 5.000 millones de pesos, recursos que estaban destinados a proyectos de desarrollo en el Putumayo. Sin embargo, las investigaciones revelaron que estos proyectos adolecieron de una planeación y ejecución adecuadas, lo que resultó en pérdidas significativas de recursos públicos.

El exgobernador Belnavis adjudicó cerca de 54 contratos al Convenio Andrés Bello - crédito Fabián Belnavis/LinkedIn
El exgobernador Belnavis adjudicó cerca de 54 contratos al Convenio Andrés Bello – crédito Fabián Belnavis/LinkedIn

El primer acuerdo, que implicaba un desembolso de 2.977 millones de pesos, solo logró ejecutar un 20% del monto, dejando a los contratistas con aproximadamente 740 millones de pesos sin utilizar. En el caso del segundo convenio, que involucraba 2.495 millones de pesos, no se realizó ninguna inversión y el dinero fue recuperado posteriormente. Según el magistrado Jorge Emilio Caldas, “estas irregularidades evidencian un claro detrimento patrimonial y una gestión inadecuada de los recursos.”

La Corte Suprema determinó penas severas para los exgobernadores. Fabián Belnavis Barreiro fue sentenciado a 179 meses y 28 días de prisión, además de ser multado con 5.335 millones de pesos. Renzo León Vargas enfrentará 126 meses y 13 días de prisión, con una multa de 2.914 millones de pesos. Por su parte, Carlos Palacios Palacio recibió una condena de 128 meses y 20 días de prisión y una multa de 2.532 millones de pesos.

Los tres exgobernadores no podrán aspirar a cargos de elección popular - crédito Corte Suprema de Justicia
Los tres exgobernadores no podrán aspirar a cargos de elección popular – crédito Corte Suprema de Justicia

Más allá de las sanciones penales y económicas, la Corte implementó medidas adicionales que restringen la participación de estos exgobernadores en la vida política y administrativa del país. Les está prohibido inscribirse como candidatos a cargos de elección popular, así como ser elegidos o designados como servidores públicos. También se les prohíbe celebrar contratos con el Estado, ya sea de manera directa o a través de terceros.

Esta condena resaltó la necesidad de transparencia en la gestión pública, al tiempo que sienta un precedente en la lucha contra la corrupción en Colombia, enfatizando la responsabilidad de los funcionarios públicos en el manejo de los recursos del Estado.

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