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Preocupación en el sector turístico por el nuevo registro de viajeros: así funciona la norma por la que Interior recopilará datos privados de turistas

Los turistas comen al sol en la Plaza Catedral de la Santa Cruz de Cádiz, la principal Catedral del casco antiguo de la ciudad andaluza de Cádiz, España.
Los turistas comen al sol en la Plaza Catedral de la Santa Cruz de Cádiz, en el casco antiguo de la ciudad andaluza (Kirk Fisher/Shutterstock)

En el año 2023, el número de turistas internacionales que visitaron España superó los 85 millones por primera vez desde que hay registros estadísticos. Un dato abrumador que pone a nuestro país como un referente turístico en el mundo. Sin embargo, hay un malestar en el sector turístico por la aplicación del Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, más conocido como el ‘Registro de información a las empresas de hospedaje y alquiler de vehículos’.

A través de esta medida se establecen “las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor”, detallan fuentes del Ministerio del Interior a Infobae España. Algo que no ha sentado del todo bien en el sector turístico español, el cual a través de reuniones y reivindicaciones ha logrado aplazar su cumplimiento, previsto para el 1 de octubre, hasta el próximo 2 de diciembre.

Según el Ministerio, esta ampliación corresponde “a razones técnicas para facilitar la interconexión y la transmisión de los datos de los establecimientos ubicados en las comunidades autónomas que cuentan con cuerpos de policía autonómicos”. A su vez, el organismo ha trasladado que no exigirá ningún dato más de los que constan en los anexos del Real Decreto 933/2021 que “no se esté recabando ya en la actualidad”. Así ha informado la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) en un comunicado tras una reunión entre el departamento liderado por Fernando Grande-Marlaska y miembros del Consejo de Turismo de la CEOE, del que forma parte la patronal.

¿En qué consiste esta medida?

El Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, regula la obligación de registrar y facilitar información sobre personas físicas o jurídicas que se alojen en establecimientos turísticos o alquilen vehículos de motor en España. Es decir, su aplicación afecta a servicios como hoteles, agencias de viaje, campings o servicios de alquiler de coches. Su objetivo es fortalecer la seguridad pública mediante la identificación y control de personas en alojamientos turísticos y el alquiler de vehículos, buscando prevenir actividades ilegales y colaborar en la protección contra delitos relacionados con el terrorismo y la delincuencia.

Recepción hotel (Pexels).
Recepción hotel (Pexels).

De este modo, el decreto establece que los establecimientos y empresas de alquiler deben registrar y enviar datos de identificación de los clientes a las autoridades, incluidos el nombre, la nacionalidad, el documento de identidad y datos sobre la estancia o el contrato de alquiler. La información se enviará a través de un sistema seguro a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, permitiendo que las autoridades tengan acceso rápido a estos datos en caso necesario.

Un impacto internacional

La noticia del Real Decreto ha traspasado las fronteras y han sido muchos los medios internacionales que se han hecho eco de esta nueva medida. Tanto es así, que desde Inglaterra, el diario Expresso lo ha catalogado como de “nuevas normativas turísticas imposibles” y que la nueva ley “desatará el caos”.

Algo que puede afectar al turismo de forma directa, pues el mercado inglés es uno de los más importantes y uno de los que más visita las costas españolas. Pero desde Italia también ha criticado la posible aplicación de la ley. Tal y como señala el medio FQ Magazine el objetivo es “hacer frente al turismo considerado incontrolado”.

El papel de las agencias de viajes

La Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) ha insistido al en la necesidad de excluir a las agencias de viajes del ámbito de aplicación de la ley, entre otras razones, por “no estar incluidas las mismas en la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana de la que deriva este Real Decreto, por infringir la normativa de protección de datos y por implicar cargas demasiado onerosas y desproporcionadas para las agencias de viajes”.

“En defensa de los intereses de las agencias de viajes españolas, se seguirá defendiendo la exclusión de las agencias de viajes de dicho Real Decreto, dado que se continúa considerando que carece de todo tipo de sentido y no hay fundamentación legal que lo sustente”, ha concluido en un comunicado la entidad que representa a la agencia de viajes.

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