La Corte Constitucional rechazó la tutela presentada por el excandidato presidencial Óscar Iván Zuluaga, con la que buscaba anular el principio de oportunidad que Daniel García Arizabaleta, exdirector del Invias, obtuvo con la Fiscalía General de la Nación en relación con el escándalo de Odebrecht.
La Sala Quinta de Revisión de Tutela del alto tribunal evaluó la decisión judicial derivada de la acción de tutela interpuesta por el excandidato presidencial del uribismo en 2014 e imputado por el escándalo de Odebrecht.
El excandidato argumentó que el Juzgado 13 Penal Municipal con función de control de garantías de Bogotá había vulnerado su derecho fundamental al debido proceso, en su modalidad de “respeto por las formas propias del juicio”, al aprobar el principio de oportunidad para García Arizabaleta dentro del mismo caso.
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En el documento en el que la Corte rechazó dicha tutela se lee lo siguiente: “El director de asuntos jurídicos de la Fiscalía considera que la acción de tutela es improcedente, dado que no hay legitimación en la causa por activa, pues el actor no es parte ni sujeto procesal en el proceso penal en el cual se dictó la providencia judicial cuestionada. A su juicio, el actor tiene “la pretensión de desvirtuar una actuación de la que no es parte”, esto es, ni en el principio de oportunidad conferido por la Fiscalía, ni en su trámite de legalización ante el juez de control de garantías”.
Para Zuluaga, ese acuerdo vulnera sus derechos fundamentales, por lo que presentó una tutela ante la Corte Constitucional en la que su abogado David Espinosa explicó que “ante la dificultad para derribar la presunción de inocencia del doctor Zuluaga, se optó por dar un principio de oportunidad a un ciudadano para que declarara sobre hechos distintos a los que involucran su responsabilidad penal”.