Alicante, 1 jul (EFE).- Un equipo de investigadores de la Universidad de Alicante (UA) y de la Universitat Jaume I (UJI) de Castelló propone en un artículo en la revista científica ‘Kriminologie’ que se integren en el Derecho Penal y Administrativo Internacional los impactos derivados de la contaminación acústica submarina.
También consideran que “sería interesante disponer de órganos judiciales internacionales especializados en materia medioambiental” para proteger penalmente, incluso, contra el daño ambiental.
El artículo lleva como título ‘La contaminación acústica submarina como crimen ecológico: un problema global en el Antropoceno’.
Según fuentes de la UA, “el ruido antropogénico no solo puede suponer un problema de salud pública grave, sino también un factor estresante sustancial para la vida marina y terrestre”.
“La evidencia científica ha demostrado que hay una relación causa-efecto entre la contaminación acústica submarina y el desarrollo de algunas especies, y a pesar de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) lo ha identificado como uno de los contaminantes más importantes del mundo, hasta la última década no se han desarrollado estrategias integrales para tratar el impacto que tiene en el medio marino”, afirma la institución académica alicantina en un comunicado.
Después del análisis de la legislación sobre este tema en el ámbito internacional, el equipo opina que este tipo de contaminación “se tiene que tratar de una manera única, pero con un enfoque integrado”, porque, aunque las actividades estén autorizadas, los efectos de estas pueden ser difíciles de revertir.
Desde su punto de vista, “el Derecho tiene que tratar de manera integral la protección del medio ambiente” y diseñar un modelo de preservación que incluya sanciones administrativas, pero también penales en casos muy graves.
El artículo, firmado por Eva S. Fonfría, John Y. Dobson y César Bordehore, del Instituto Multidisciplinar por el Estudio del Medio ‘Ramon Margalef’, del Departamento de Química Analítica, Nutrición y Bromatología y del Departamento de Ecología, respectivamente, de la UA, y Esteban Morelle-Hungría, del Centro de Investigación en Derecho Penal, Criminología e Inteligencia de la UJI, ha sido elegido por un jurado de científicos como el mejor artículo 2023 en la revista ‘Kriminologie–Das En línea-Journal’, según la misma fuente.
La Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho de Mar (UNCLOS) en 1982 ya incluía explícitamente el ruido submarino y lo describía como “la introducción de sustancias o energía que produce efectos nocivos en los recursos vivos y en la vida marina.
Y el Convenio para la protección del medio marino del Atlántico nordeste (OSPAR) de 1992 clasificaba los efectos adversos en tres categorías: enmascaramiento, alteraciones del comportamiento y cambios fisiológicos (que incluía la pérdida auditiva, lesiones y la muerte)”, indica el comunicado de la UA.
A largo de cuatro décadas, diversas convenciones y resoluciones han evolucionado en su protección, hasta la resolución 8.17 de 2022 de ACCOBAMS (Acuerdo sobre la conservación de los cetáceos del Mar Negro, el Mar Mediterráneo y la zona atlántica contigua) en la cual se acordó promover la reducción de la velocidad del tráfico marítimo o reforzar las medidas ya implementadas y tener en cuenta el control del ruido.
“Sin embargo, este tipo de contaminación no se ha incluido en uno de los convenios más importantes donde podría ser más efectivo, el Convenio sobre la Diversidad Biológica ratificado por 196 naciones, en vigor desde 1993”, asegura la nota de prensa. EFE
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