Uno de los escándalos de corrupción en la contratación pública en Colombia tiene un nuevo capítulo ante la justicia. En la mañana del jueves 12 de septiembre, se conoció que la Procuraduría General de la Nación suspendió por seis meses al exasesor Andrés Mauricio Mayorquín Bocanegra, del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre), el cual ejerció su cargo entre el 2019 y 2021.
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Según el organismo de control, el entonces funcionario del Gobierno de Iván Duque había ocultado información relacionada con su esposa Karen Váquiro Cuéllar, luego de que Mayorquin celebrara dos contratos de prestación de servicios profesionales en la entidad, teniendo en cuenta que, al ser su cónyuge, la ley establece que estaba incursa en causal de inhabilidad para tener contratación con el Estado.
“El disciplinado permitió la celebración de dos contratos de prestación de servicios profesionales, el 099/2020 por $54′800.000 y el 271/2021 por $44′982.000, suscritos entre el DAPRE y Karen Liseth Váquiro Cuellar, su esposa, afectando su deber funcional con el desconocimiento del principio de moralidad, sin justificación alguna”, señaló la Procuraduría en un comunicado.
La entidad expresó que el entonces funcionario “debió poner en conocimiento de sus jefes la inhabilidad existente por haber una relación conyugal entre él y la contratista”, pero que, al mantener en silencio su relación sentimental, “permitió los contratos queden viciados de nulidad, por la inhabilidad en que estuvo inmersa se desarrollaran y se ejecutaran”.
Para la Procuraduría, el exasesor “favoreció con su comportamiento, los intereses económicos de su cónyuge, pues en vez de advertir la inhabilidad en la que ella estaba incursa, prefirió guardar silencio para que esta pudiera contratar la prestación de sus servicios profesionales, y así percibir los honorarios del DAPRE”.
También, el organismo de control mencionó que en el fallo de primera instancia contra Andrés Mayorquín “la falta fue calificada como grave con culpa grave, por desconocer el principio de la moralidad administrativa hacia la exigencia de un comportamiento honesto, ético, recto y leal, alejado y desprovisto de intereses de carácter subjetivo para asegurar el ejercicio y la garantía de la función pública”.
Finalmente, la Procuraduría sostuvo que, aunque Mayorquín ya no se encuentra desempeñando sus labores de función pública, “el término de la suspensión se convertirá en salarios básicos mensuales devengados por el disciplinado para el momento de la comisión de la falta”.