El juez de la Audiencia Nacional que instruye el ‘caso Koldo’ ha desestimado la solicitud de una de las acusaciones populares de que declarara como testigo en la causa el actual ministro de Transportes, Óscar Puente. Asimismo, ha rechazado la petición del exministro José Luis Ábalos de personarse como perjudicado.
Así lo confirman a Europa Press fuentes jurídicas, que explican que con ambas decisiones el magistrado Ismael Moreno resuelve estas dos diligencias que tenía pendientes.
La primera, la petición de la testifical de Puente, fue a iniciativa de la asociación Liberum –a la misma se adhirió Vox–, que reclamaba que el ministro debía testificar después de la imputación de varios ex altos cargos de su departamento.
Liberum, en su escrito, recordaba que Puente señaló que el cese del subsecretario de Estado de Transportes, Jesús Manuel Gómez, se produjo “como consecuencia de la pérdida de confianza hacia éste por motivo de su situación procesal como investigado en las presentes diligencias de investigación”.
Entendían que Puente debía declarar sobre “la información y conocimiento que los investigados le hubieran compartido o que hubiera podido tener acceso, respecto de los hechos objeto de las presentes diligencias previas y sus ampliaciones, especialmente la vinculación de Gómez García” y también del que fuera jefe de personal de ADIF Michaux Miranda.
LA PETICIÓN DE ÁBALOS
En cuanto a la petición de personación de Ábalos, cabe recordar que fue el pasado 6 de septiembre cuando trascendió que lo solicitaba dado que, a pesar de no estar afectado por la investigación, seguían apareciendo “informaciones y noticias que le afectan de forma personal y directa” y dado que había trascendido que el juzgado había solicitado un informe del Ministerio de Transportes relativo a la contratación y distribución de mascarillas durante la crisis sanitaria de la pandemia de 2020.
En el escrito, recogido por Europa Press, el exministro ponía el foco en que ese informe era interno y “de forma deliberada por parte del Ministerio se ha procedido a su difusión pública”.
Entendía que esta acción, su publicación en la web del Ministerio, es “improcedente” y anunciaba que ya había solicitado otro informe pericial contradictorio que “Desvirtúa todas y cada una de las afirmaciones que el citado informe proyecta y focaliza en su persona”.
Apuntaba que el informe del Ministerio se ordenó cuando el Tribunal de Cuentas ya había fiscalizado la operativa de compra de mascarillas durante la pandemia. Recordaba que ese órgano fiscalizador no encontró “ilegalidad alguna” y que las eventuales incorrecciones en las contrataciones estaban justificadas por el Real Decreto de Estado de Alarma.
Para Ábalos, la orden de realizar esa auditoría interna en el Ministerio, de febrero de 2024, “se produce de forma instrumental buscando exclusivamente la fijación estanca de responsabilidades” sobre su persona.
Por ello, a su juicio, dado que el magistrado instructor Ismael Moreno quiere incorporar el informe a la causa, y ante “la falta de legalidad y legitimidad” del documento, se ubica ahora “como afectado en el proceso” porque el documento se focaliza “de forma directa en su actuación” y con el solo ánimo de perjudicarle.
En esta causa el juez investiga entre otros a Koldo García, exasesor del exministro José Luis Ábalos, por la presunta trama que habría pagado comisiones para conseguir adjudicaciones para la venta de mascarillas en la pandemia. La Fiscalía Anticorrupción les atribuye presuntos delitos de organización criminal, blanqueo de capitales, cohecho, delitos contra la Hacienda Pública y tráfico de influencias.