Palencia, 18 jul (EFE).- La Audiencia de Palencia ha confirmado la condena de dos años de prisión y cuatro de inhabilitación para cazar para un vecino de Velilla del Río Carrión (Palencia) que mató de un disparo a una osa, que estaba acompañada de su osezno, durante una cacería de jabalí en la Montaña Palentina.
La Fundación Oso Pardo ha informado este jueves de que el recurso planteado por el acusado de matar a una hembra de oso pardo durante una cacería de jabalí en Ventanilla, en el Parque Natural de la Montaña Palentina en noviembre de 2020, ha sido rechazado por la Audiencia Provincial de Palencia.
De esta forma, la Audiencia palentina ha confirmado íntegramente la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Palencia en febrero de este año, con la pena que solicitó la Fiscalía y a la que se sumó la Fundación Oso Pardo (FOP) durante el juicio oral.
La Audiencia condena al acusado, vecino de Velilla del Río Carrión, como autor material de un delito contra la fauna por provocar la muerte de una osa que estaba acompañada de un osezno que no fue encontrado pese al operativo de búsqueda desplegado tras la cacería.
La Audiencia concluye que “la suma de indicios incriminatorios es tal que resulta imposible construir un relato exculpatorio aceptable sobre la base de la prueba practicada y de su contenido”.
La sentencia avala el trabajo de la Guardia Civil en su atestado y tomas de declaración, las diligencias practicadas en fase de instrucción en Cervera de Pisuerga (Palencia), y el minucioso y detallado análisis del Juzgado de lo Penal de Palencia.
Se confirma que “el disparo fue realizado por el acusado a una distancia de unos 40 metros sin extremar las precauciones necesarias y sin emplear el visor que llevaba, pese a ser advertido y ser conocedor de que se encontraba en una zona osera”.
Tampoco, continúa la sentencia, “comprobó ni se cercioró con toda la seguridad que es necesaria por el lugar en el que se encontraba (Reserva de Parque Natural con una reducida población osera) del tipo de especie o ejemplar al que estaba disparando”.
También se da relevancia a que el condenado es residente habitual en la zona, jefe de cuadrilla en ese momento y cazador habitual, “que ocupaba el mejor puesto de todos, que él eligió y en la zona más alta y con mejor visión”.
Por ello, la Audiencia concluye que existió “dolo eventual” en la conducta del cazador, para el que se ratifica la condena de dos años de prisión y cuatro de inhabilitación para la caza.
Además, la Audiencia Provincial confirma que el cazador deberá pagar 17.505,95 euros a la Junta de Castilla y León en concepto de responsabilidad civil.
Esta cuantía es la mitad de la reclamada por la Fiscalía y la FOP durante el juicio oral, pues la sentencia atribuye parte de la responsabilidad a la propia Junta de Castilla y León, “al autorizar a través de sus funcionarios una cacería en momento prohibido e inadecuado”.
La sentencia de la Audiencia Provincial también reconoce la complejidad de la causa y el elevado número de diligencias y actuaciones practicadas, y la contribución activa para el esclarecimiento del proceso de las acusaciones populares.
La Fundación Oso Pardo considera “histórica” esta sentencia y reafirma su compromiso con la defensa jurídica de esta especie amenazada, asegurando que se personará como acusación popular en todos los procesos judiciales abiertos por la aparición de osos muertos o heridos en nuestro país. EFE
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