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Devolución del IVA y Renta Ciudadana: qué pasa si recibe los dos beneficios

Las personas que deseen consultar si son beneficiarias de la devolución de IVA lo pueden hacer a través de Davivienda y SuperGiros con su número de cédula - crédito Flickr
Esto pasará con las personas que reciben subsidio por cuenta del programa Renta Ciudadana y ahora, también, obtendrán la devolución del IVA – crédito Flickr (Flickr/)

En el segundo semestre del 2024 regresan los giros por Devolución de IVA, transferencia que se empezará a entregar de manera paralela a los subsidios de Renta Ciudadana.

Precisamente por la coincidencia en la entrega de las ayudas económicas, algunos beneficiarios de los programas reportan dudas sobre la posibilidad de recibir ambos apoyos al tiempo.

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El Gobierno nacional estableció que en el segundo semestre del año regresa la Compensación de IVA o Devolución del IVA, un programa de Transferencias Monetarias No Condicionadas (Tmnc), que busca reducir el impacto del cobro del impuesto sobre las ventas IVA en los hogares más pobres del país.

Renta Ciudadana-Colombia
Los beneficiarios de Renta Ciudadana también pueden recibir la Devolución del IVA – crédito Prosperidad Social

Según lo establecido por el Departamento para la Prosperidad Social, los objetivos de la transferencia son:

  • Reducir el impacto que tiene el impuesto al valor agregado IVA en el consumo de bienes y servicios de la población pobre extrema y pobre beneficiaria.
  • Generar mayor equidad en el sistema del impuesto sobre las ventas (IVA)
  • Proveer recursos monetarios a los hogares en situación de pobreza y pobreza extrema y reducir las brechas de pobreza y desigualdad.

De otro lado, el subsidio de Renta Ciudadana busca que las familias más vulnerables del país transiten el camino hacia “la superación de la pobreza”.

Para aclarar las dudas que tienen los beneficiarios y establecer unos lineamientos frente a la recepción de las ayudas, desde el Departamento para la Prosperidad Social (DPS), en cabeza de Gustavo Bolívar, emitieron una resolución.

¿Se puede recibir los dos apoyos económicos?

Esta duda surge teniendo en cuenta que en para otros casos, las entidades encargadas señalan que los beneficiarios de una ayuda monetaria no puede ser beneficiaria de otra, es decir, no puede recibir dos subsidios al tiempo.

Sin embargo, desde el DPS emitieron la resolución 00079 y la 01132, con la que se establece que en el caso de estos dos apoyos económicos, sí se puede ser beneficiario de ambos.

Desde la entidad autorizaron que aquellas familias que cumplan los requisitos para los dos programas puedan recibir los giros de manera simultánea, con algunas condiciones.

“Prosperidad Social tendrá en cuenta los valores asignados a la misma unidad de intervención por parte del Programa de Compensación de IVA, de manera tal que la transferencia monetaria que se liquide por el programa Renta Ciudadana complemente el monto liquidado al hogar por Compensación de IVA”, dice la resolución emitida por el DPS.

Teniendo en cuenta lo anterior, desde la entidad aclararon que los pagos del programa Renta Ciudadana tienen como monto máximo 500 mil pesos, de acuerdo con las necesidades de cada familia.

Como saber si tiene pagos pendientes por devolución de IVA - crédito Flickr
En el segundo semestre de 2024 se pagarán los dos apoyos económicos – crédito Flickr (Flickr/)

Nuevo link de Renta Ciudadana

Para consultar si un ciudadano es beneficiario del programa social Renta Ciudadana debe ingresar, con su número de cédula, en la plataforma digital dispuesta por Prosperidad Social. Estos son los pasos que debe seguir:

  • Ingresar a la página web a través del nuevo link: https://rentaciudadana.prosperidadsocial.gov.co/
  • Hacer clic en el botón ‘Consulte aquí si está inscrito’.
  • Ingresar el número de cédula del posible beneficiario.
  • Ingresar la fecha de expedición del documento de identidad.

Requisitos para acceder al subsidio de Renta Ciudadana

De acuerdo con lo establecido por el Departamento para la Prosperidad Social, son tres los requisitos que deben cumplir los ciudadanos que aspiren a recibir este apoyo económico, que está dirigido a los más vulnerables en el territorio nacional.

  • Los hogares en situación de pobreza extrema con jefatura monoparental, lo que quiere decir que estén a cargo de una sola persona. Respecto a este punto se le da prioridad a las madres cabeza de hogar, que tengan niños y niñas menores de 6 años y que, además, estén clasificados entre los grupos A01 al A05 del Sisbén IV.
  • Los hogares en pobreza extrema en los que al menos uno de sus integrantes sea una persona con discapacidad, que requiera asistencia personal o cuidado especial.
  • Aquellas familias que están marcadas en su focalizador como indígenas en estado activo o suspendido, y que en cuentan con al menos un menor de edad de 6 años.
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