La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a dos años de prisión y al pago de una multa de 3.960 euros a un hombre que entró por la fuerza en la vivienda de su expareja y la amenazó con matarla y con quitarle a la hija de ambos.
Además, no podrá acercarse ni comunicar con la mujer durante siete años, estará privado del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos y tendrá que realizar 75 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
Y en concepto de responsabilidad civil, el acusado indemnizará a quien había sido su mujer en la cantidad de 1.000 euros por los daños morales causados.
El procesado, que es autor de un delito de allanamiento de morada, otro de violencia de género en la modalidad de amenazas y un ilícito leve de daños, alcanzó un acuerdo con la Fiscalía y la acusación particular.
Así, las partes ha elevado un escrito a la Audiencia y ese acuerdo se ha formalizado este jueves ante el magistrado presidente del tribunal del jurado que iba a enjuiciar los hechos. Dado que la vista no ha tenido que celebrarse, no ha sido necesario convocar a los ciudadanos para constituir el tribunal de legos.
HECHOS
Según el relato de hechos que las partes han suscrito y que se ha llevado a sentencia, en septiembre de 2023 el acusado acudió al domicilio de su expareja y llamó a la vivienda a través del portero automático.
Cuando la mujer descolgó el telefonillo, el investigado le exigió que le abriera para ver a la hija que tienen en común y, ante la negativa de ella, comenzó a gritarle “te voy a matar, te voy a quitar a la niña”.
El hombre golpeó el cristal de la puerta del portal hasta que lo quebró. Y la mujer, que había oído lo sucedido en la puerta de acceso al edificio, cerró todas las persianas de la vivienda y se encerró en la única habitación que tenía cerrojo junto con su hija y su compañera de piso, quien llamó a la policía.
Entre tanto, el implicado subió al piso donde ella vivía y aporreó la puerta con fuerza hasta que la rompió. Una vez dentro, comenzó a golpear la puerta de la habitación en la que se encontraban refugiadas las inquilinas de la casa.
El denunciado, que en todo momento gritaba amenazando a la mujer, no abandonó la vivienda pese a los requerimientos que le hacía su expareja. Así, permaneció en la casa hasta que llegaron los agentes de la policía local.
Los hechos constituyen un delito de allanamiento de morada, otro de amenazas y otro leve de daños, con la concurrencia de la circunstancia agravante de parentesco y la atenuante de reparación del daño, ya que consignó una cantidad para abonar los daños producidos en el edificio y en la vivienda de la víctima.