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El actor Ricardo Leguízamo generó polémica por opinar sobre los lugares públicos en los que no quieren dejar entrar niños

Ricardo Leguízamo
El actor publicó un video en el que da su opinión sobre los establecimientos que se reservan el derecho de admisión para los niños – crédito @ricardoleguizam/X

El actor Ricardo Leguízamo, conocido por participar en diversas producciones tanto nacionales como internacionales —como El señor de los cielos y Sin senos sí hay paraíso, mantiene un diálogo con su comunidad de fanáticos en Internet. Constantemente expone diversos temas en su cuenta de la red social Instagram, donde tiene más de 20 mil seguidores, y esta vez habló sobre el derecho de admisión que tienen algunos establecimientos, pero con los niños.

El bogotano dio su opinión sobre una nueva medida para hoteles, restaurantes y otros locales comerciales en las que no se permite el ingreso de los niños: “Yo la verdad es que estoy absolutamente de acuerdo con esta medida. Me parece increíble. Yo no sé ustedes, qué piensan, pero a mí me parece maravilloso que uno que no quiere niños, que no ha tenido niños y que no le gustan especialmente los niños, me los aguanto un rato si me parecen bien, me parece divertido un ratito, pero bueno, no soy un tipo de niños, prefiero un sitio donde no haya gritos, no haya niños corriendo y yo desde luego iría a uno de estos lugares”, explicó el artista.

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El actor, que también reside en México, permitió que su comunidad de seguidores hicieran comentarios sobre la medida que pueden adoptar los establecimientos comerciales: “¿Quería saber ustedes qué piensan de las medidas que se están instaurando en varios sitios? ¿Quería saber qué harían, irían a un sitio de niños, les parece terrible, les parece una falta de respeto, les parece una discriminación o qué harían?”, cuestionó Leguízamo.

En la publicación del actor sus seguidores hicieron un debate acerca de esta medida, algunos indicaron estar en contra y otros a favor: “Hay espacios para niños y espacios para adultos. Mejor ambientes separados”; “Tengo hijos y me encantan los lugares que son solo para adultos”;  “¡Ridículo! Usted también fue niño y no se le negó la entrada a ningún sitio”; “Gracias a Dios no te reproduces con ese pensamiento”, son algunos comentarios de los internautas.

El derecho de admisión en el país es un tema recurrente en los locales comerciales como bares, discotecas, restaurantes y otros, que deciden restringir la entrada a ciertas personas bajo criterios propios. Esta media se fundamenta en la libertad de empresa y el derecho de propiedad, ambos protegidos por la Constitución Política de Colombia, en su artículo 333.

Ricardo Leguízamo
Lo seguidores del actor dieron su opinión sobre el derecho de admisión para niños en establecimientos comerciales – crédito @ricardoleguizam/X

“La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común. Para su ejercicio, nadie podrá exigir permisos previos ni requisitos, sin autorización de la ley. La libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades”, explica el artículo anterior citado.

Sin embargo, la Ley colombiana también establece que este derecho no puede ser utilizado como herramienta para discriminar. La Ley 1480 de 2011, también conocida como el Estatuto del Consumidor, es la normativa que regula los derechos de los ciudadanos en su rol de consumidores.

Este estatuto protege la igualdad y establece que todos los consumidores deben ser tratados “equitativamente y de manera no discriminatoria”. Así, cualquier restricción que imponga un establecimiento de comercio debe encajar dentro de estos mandamientos legales.

Zona T de Bogotá
El derecho de admisión en Colombia en locales comerciales – crédito Fashion Network

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) es el ente encargado de investigar y determinar si un establecimiento ha violado el derecho a la no discriminación. Según esta legislación, no se pueden establecer condiciones de ingreso que, directa o indirectamente, resulten discriminatorias en función de raza, género, orientación sexual, condiciones sociales o cualquier otro criterio que pueda ser considerado como discriminatorio.

De acuerdo con el abogado David Garzón, socio del área de Derecho Público del bufete Pinilla, González & Prieto Abogados, citado en el medio La República, los comerciantes en Colombia no tienen un derecho de admisión propiamente dicho, lo que en realidad ejercen es el derecho de propiedad.

“Esas normas son las que permiten, hasta cierto punto, limitar los derechos fundamentales que se pueden ver comprometidos por no permitir acceder a un sitio o a la prestación de un servicio”, aseguró Garzón para el medio citado.

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