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El juez indaga si se accedió a bases policiales para investigar a otros 13 diputados de Podemos

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha pedido a la Unidad de Asuntos Internos de la Policía que profundice en los resultados de su análisis que trascendió hace unos días y que reflejaba que durante los años 2015 y 2016 –en el Gobierno de Mariano Rajoy– se realizaron consultas en bases policiales sobre 55 diputados de esa formación. Quiere saber si hubo más búsquedas sobre otros 13 diputados.

Así consta en una providencia del juez, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el magistrado hace suyas las propuestas de diligencias incluidas por el partido ‘morado’ en un escrito presentado el pasado 12 de julio, dos días después de que trascendiera la documentación enviada por Asuntos Internos al Juzgado Central de Instrucción número 5.

Ahora, Pedraz considera “pertinentes, necesarias y proporcionadas” las diligencias solicitadas por los de Ione Belarra y acuerda que Asuntos Internos aclare por qué no se incorpora en el oficio previo si se realizaron búsquedas o accesos en bases de datos policiales sobre otros 13 exdiputados ‘morados’.

“Que se exprese concretamente si carecen de tales accesos o, por el contrario, se aporten a la causa los archivos en los mismos términos que del resto de diputados”, dice el juez.

Entre los nombres por los que pregunta se encuentra por ejemplo la que fuera secretaria de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género Ángela Rodríguez ‘Pam’; la ex consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación de las Islas Baleares Mae de la Concha; el que fuera secretario de Organización de Podemos hasta 2016 Sergio Pascual; o la ex secretaria general de Podemos en Canarias Meri Pita.

EL NOMBRE DE LOS POLICÍAS

Por otro lado, el magistrado quiere que la Policía “exprese la identidad completa” de determinados funcionarios policiales que “accedieron a bases de datos policiales que contenían datos personales de diputados del Congreso sin que, a priori, conste justificación a dicho acceso”.

Indica que en caso de que el usuario sea colectivo, como pudiera presumirse de los nombres ‘Atlas’ o ‘Atlashot’ se debe identificar “a los funcionarios que podrían haber accedido bajo dicha identificación” y recabar los turnos de trabajo de los mismos en las fechas en que se produjeron las consultas.

Siguiendo con las peticiones expresadas por Podemos, el juez acuerda además que se identifiquen los dispositivos a que se refieren las ‘IPs’ que se hacen constar en los listados entregados.

Además, quiere conocer si cada uno de los cientos de accesos fueron para incorporar, modificar o consultar datos. Indica que si se incorporaron o modificaron datos, se ha de concretar qué se hizo en concreto, y en caso de que fueran consultas, “el retorno que ofreció cada búsqueda efectuada”.

Por otro lado, quiere que de cada acceso se aporte “el atestado, nota de servicio, instrucción escrita, diligencia o informe del que derive el interés policial o judicial, si existiera”.

Por último pide que en el caso de que el acceso a bases derive de la búsqueda de otra persona con nombre y apellidos coincidentes, se justifique tal extremo con la acreditación documental del interés policial o judicial respecto de dicha persona de filiación coincidente.

LA DOCUMENTACIÓN DE ASUNTOS INTERNOS

Cabe recordar que el pasado 10 de julio trascendió la documentación enviada por Asuntos Internos al juez, y en la misma constaba que, al menos, 55 diputados electos en las elecciones generales de diciembre de 2015 y de 2016 y que pertenecían a Podemos, En Comú Podem, En Marea y Compromís –o a la coalición que formaron– fueron objeto de búsqueda en esas bases de la Policía Nacional.

Así, aparecían nombres como el del que fuera secretario general de Podemos Pablo Iglesias, la exministra de Igualdad Irene Montero, la actual secretaria general de Podemos, Ione Belarra, o la actual ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

También aparecía el del portavoz de Sumar en el Congreso y fundador de Podemos, Iñigo Errejón, el que fuera diputado por Compromís Joan Baldoví, la exdiputada Carolina Bescansa o el actual ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy.

LA QUERELLA DE PODEMOS

Ese informe fue aportado al procedimiento que el juez Pedraz abrió el pasado febrero, cuando admitió parcialmente la querella de Podemos contra el que fuera secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, el exdirector Adjunto Operativo (DAO) Eugenio Pino y otros altos cargos de la Policía por las presuntas investigaciones prospectivas y ajenas al control judicial sobre los cargos de la formación ‘morada’.

En un auto, recogido por Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 admitía entonces la querella de forma parcial y en línea por lo solicitado por la Fiscalía, rechazando investigar al exministro del Interior Jorge Fernández Díaz, al exdirector general de la Policía Nacional Ignacio Cosidó y a otros responsables policiales.

La querella se presentó por delitos de organización criminal, apoderamiento y revelación de secretos, prevaricación administrativa y falsedad documental. También se presentó por malversación y por delito contra las instituciones del Estado, aunque el magistrado desecha estos dos últimos delitos al no poder ser subsumidos ambos tipos penales en los hechos relatados.

En su escrito, Podemos señalaba que los querellados, bajo el liderazgo del entonces secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, “se ocupaban de realizar investigaciones prospectivas y ajenas a cualquier interés policial, no bajo control judicial o del Ministerio Fiscal sobre las personas que conformaban la organización política”.

Además, la formación apuntaba que Martínez daba cuenta periódicamente al ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, con capacidad éste de decisión última, aprovechándose de su condición de autoridad pública y con la colaboración de agentes policiales.

El objetivo principal, según el partido, era su posterior filtración a los medios de comunicación bajo el marchamo de fiabilidad de las “fuentes policiales” para desprestigiar ante la opinión pública a la formación, atentando de este modo contra la indemnidad de sus diputados y restantes cargos públicos.

Este modo de operar, indicaba la querella, se concretó en ocho actuaciones, como la investigación al entonces líder del partido Pablo Iglesias en el informe PISA, la filtración de un documento “falsario” de una cuenta a su nombre en el Euro Pacific Bank Limited o la manipulación de documentos o registros policiales internos para otorgar apariencia de legalidad a la actuación de los querellados.

En su auto, el juez Pedraz explicaba que una vez examinada la querella y verificado que algunos de los hechos serían competencia de la Audiencia Nacional y constitutivos de infracción penal procedía su admisión, aunque de forma parcial.

En cuanto a los hechos y personas que inadmitía, el magistrado afirmaba que del relato de la querella no aparecía afirmada y sustentada indiciariamente que todos los querellados participaran en sus actuaciones con la finalidad criminal que se imputa.

En este sentido, decía, no se aprecia que Fernández Díaz, Cosidó o los excargos policiales Bonifacio Diez Sevillano, José Manuel García Catalán, Manuel Vázquez López y Mariano Hervás intervinieran en la investigación de hechos relativos a diputados con la finalidad delictiva atribuida en la querella y sin el cumplimiento de las normas legales exigidas para realizar una investigación de los diputados.

“Debe señalarse que ni del ministro Jorge Fernández Diaz o del director general de la Policía, Ignacio Cosidó, no se relata más que una suposición de que por los cargos que ostentaban deberían conocer y autorizar los hechos. Dicha imputación es insuficiente para admitir la querella contra los mismos”, explicaba el magistrado.

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