El fiscal Mario Andrés Burgos deberá enfrentar un pliego de cargos por parte de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial (Cndj) por la filtración del video de la captura y del interrogatorio de Nicolás Petro Burgos. Se le acusa de presionar al hijo mayor del presidente Gustavo Petro para negociar con la Fiscalía y así poder investigar al primer mandatario.
La comisión presentó estos cargos, afirmando que el fiscal Burgos podría haber vulnerado el debido proceso y comprometer la imparcialidad de la investigación. Como resultado de lo anterior, se investiga su comportamiento durante el proceso de captura y la divulgación de material reservado.
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Estos eventos ocurrieron en el desarrollo del interrogatorio hecho por la Fiscalía en el que Nicolás Petro Burgos estaba siendo investigado por supuestas irregularidades. La filtración de los videos generó un considerable revuelo mediático y político, incrementando las tensiones en torno a las investigaciones que impactan tanto al entorno presidencial como a la justicia colombiana.
La decisión de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial se anunció en la mañana del viernes 7 de junio, indicando que se imputarán cargos contra el fiscal Mario Andrés Burgos Patiño por la posible filtración de videos en la investigación penal contra Nicolás Fernando Petro Burgos.
Los delitos investigados incluyen lavado de activos y enriquecimiento ilícito. Este anuncio ha generado gran atención en el ámbito judicial y mediático de Colombia.
El magistrado ponente Alfonso Cajiao Cabrera confirmó esta decisión, señalando que la actuación de Burgos está bajo reserva sumarial. Según el documento emitido por la comisión, también se investigan posibles presiones indebidas denunciadas por el defensor de Petro, Diego Henao Vargas, para alcanzar un acuerdo judicial. La investigación disciplinaria fue ordenada inicialmente el 12 de octubre de 2023.
La Resolución No. 110010802000202301097 00 oficializa esta imputación, señalando que Mario Andrés Burgos Patiño, en su condición de Fiscal 1 Delegado ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y adscrito a la Delegada para la Seguridad Territorial, podría haber incurrido en faltas disciplinarias. La comisión decidió formular el pliego de cargos después de evaluar detalladamente las pruebas reunidas en el caso.
El documento destaca la importancia de este proceso que seguirá su curso conforme a lo previsto en la Ley 1952 de 2019. La citación a audiencia y formulación de cargos procede únicamente cuando la falta está objetivamente demostrada y existen pruebas que comprometan la responsabilidad del disciplinado. En relación a esto, se resalta que contra esta decisión no procede recurso alguno, lo que refleja la gravedad y seriedad de las acusaciones.
Se notificará al inculpado a través de los correos electrónicos de los sujetos procesales, incluyendo una copia integral de la providencia en formato PDF no modificable. “Se presumirá que el destinatario ha recibido la comunicación cuando el iniciador recepcione acuse de recibo, dejándose constancia de ello en el expediente”, indica el documento. Esta acción garantiza la transparencia y formalidad del proceso judicial.
El proceso disciplinario se establece en el artículo 221 del Código General Disciplinario y está en consonancia con el canon 1 del Acuerdo Número. 085 de 9 de agosto de 2022, expedido por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. Será una etapa crucial que definirá si se ordena el archivo de la actuación disciplinaria o si se prosigue con la formulación de cargos formales contra el fiscal Burgos Patiño.
Alfonso Cajiao Cabrera, magistrado ponente, enfatizó que las presuntas irregularidades no solo involucran la filtración de los videos, sino también las supuestas presiones indebidas para lograr un acuerdo judicial, hecho denunciado por el defensor de Petro. Este señalamiento profundiza la complejidad del caso que ahora se encuentra en el escrutinio público y jurídico.
Por otra parte, se advierte al disciplinable que contra la presente decisión no procede recurso alguno, según lo estipula el artículo 222 del Código General Disciplinario. Esta medida busca asegurar que el procedimiento se realice sin dilaciones indebidas, manteniendo la integridad del proceso de investigación disciplinaria.
El marco legal subyacente, la Ley 1952 de 2019, y los artículos pertinentes del Código General Disciplinario establecen las bases para proceder con la investigación y eventual sanción, si se comprueba la culpabilidad del fiscal en los cargos imputados. Esta normativa garantiza un proceso disciplinario riguroso y fundamentado.
“La Comisión Nacional de Disciplina Judicial evalúa el mérito de las pruebas recaudadas para decidir si se termina la actuación disciplinaria o si se formula pliego de cargos,” consigna el documento, subrayando el carácter decisivo de esta etapa preliminar. La formalización de los cargos marca un punto crucial en la búsqueda de transparencia y justicia en el sistema judicial colombiano.
Con la resolución emitida el 7 de junio de 2024, se reafirma el compromiso de las instituciones judiciales en mantener la integridad y combate contra posibles irregularidades. Este caso se seguirá de cerca dado su impacto en la administración de justicia y la percepción pública de la imparcialidad de las entidades involucradas.