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La Audiencia Nacional archiva de forma definitiva la causa sobre la ampliación de capital del Banco Popular de 2012

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha archivado de forma definitiva la causa en la que se investigaban presuntas irregularidades cometidas en la ampliación de capital del Banco Popular de 2012.

En un auto, recogido por Europa Press, los magistrados de la Sección Segunda han confirmado el auto por el que el juez Santiago Pedraz denegó la práctica de nuevas diligencias y por el que acordó el sobreseimiento provisional de la investigación “al no resultar debidamente justificada la perpetración de delito alguno”.

La acusación de Cerquia Gestión, Cercupenta y el empresario Carlos Cercadillo entendía que el magistrado debía practicar nuevas diligencias que complementasen la pericial realizada por los inspectores del Banco de España que aseguraron que la decisión de realizar la ampliación de capital fue “una buena inversión con independencia de la rentabilidad que obtuviera cada uno de los accionistas”.

La Sala da la razón al magistrado -que rechazó esas nuevas pesquisas– y descarta el argumento de los recurrentes, que consideraban que habían quedado “dudas sin aclarar por parte de los peritos” y que serían “de vital importancia para poder acreditar” si se cometió un delito.

Los querellantes sostienen que la información pública suministrada sobre la ampliación de capital de 2012 “contenía omisiones e informaciones sesgadas y tergiversadas para captar un capital que de otra manera no hubiera sido posible obtener, incumpliendo los deberes de información establecidos en orden a garantizar la transparencia del mercado de valores”.

En su recurso, también atacaban la decisión de archivar la causa por parte del juez. La Sala recuerda que para continuar con la tramitación del proceso tendría que darse “existencia de indicios suficientes de una manipulación de la situación contable y económica del Banco Popular para propiciar una imagen errónea de sus estados financieros” o bien “indicios suficientes de que las irregularidades contables (falseamiento de la información económico-financiera) han causado un perjuicio de notoria gravedad a los inversores”.

SIN MANIPULACIÓN DE LAS CUENTAS

El juez Pedraz dejó claro en el auto por el que decretó el sobreseimiento que no “se deduce la existencia de una manipulación de la situación contable y económica del Banco Popular para propiciar una imagen errónea de sus estados financieros a la que realmente tenían, afirmaciones efectuadas en varias ocasiones por los peritos del Banco de España ante las preguntas de las partes personadas”.

En esa resolución del pasado mes de noviembre el magistrado, siguiendo el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, consideró que la ampliación de capital de 2012 “se efectuó conforme a la legislación vigente y siendo sometida a los controles pertinentes”.

El juez hacía suyas las conclusiones de la fiscal Belén Dorremochea, que remitió un escrito al Juzgado en el que pedía el archivo de la causa haciendo alusión a un documento clave: la pericial del Banco de España que calificó la operación de “éxito” y que sostenía que la ampliación supuso “una buena inversión con independencia de la rentabilidad que obtuviera cada uno de los accionistas”.

En esta línea, Anticorrupción señalaba que la operación “se produjo en un contexto de grave crisis económica mundial que obligó a los diferentes estados a adoptar medidas que paliaran la situación, que en el caso de España consistieron en implementar estrictas medidas en el sector bancario”.

En el supuesto del Popular, explicaba la fiscal, “se calculó que tenían que obtener 3.223 millones de euros de recursos propios adicionales y el banco decidió cumplir con los requerimientos a través de sus propios medios sin recurrir a las ayudas públicas, optando por realizar una ampliación de capital en 2012 para cumplir los objetivos requeridos a nivel estatal”.

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