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La DGT prepara una nueva normativa sobre el uso de patinetes eléctricos: estos son los cambios

patinete eléctrico
Una mujer monta en un patinete eléctrico de Tier en París, Francia. 1 de abril de 2023. REUTERS/Sarah Meyssonnier/ (SARAH MEYSSONNIER/)

La Dirección General de Tráfico (DGT) planea prohibir el uso de patinetes eléctricos a menores de 16 años como parte de un nuevo reglamento para mejorar la seguridad de los usuarios vulnerables en las vías, que también contempla otros aspectos importantes para mejorar el uso de estos vehículos. Entre estas medidas también se encuentra el uso obligatorio del casco, la edad mínima de 16 años y, en el caso de quienes lo necesiten para trabajar, llevar un chaleco reflectante. Su objetivo es disminuir el número de muertes entre los usuarios vulnerables de las vías, como peatones, ciclistas, conductores de vehículos de movilidad personal, ciclomotoristas y ciclistas

El real decreto que modifica este reglamento comienza este miércoles su fase de audiencia e información pública para recibir aportaciones antes de su aprobación en el Consejo de Ministros. Entre las novedades se encuentran la reducción de las tasas de alcoholemia para conductores noveles y profesionales a 0,20 gramos por litro de alcohol en sangre (el límite actual es de 0,30) o 0,15 miligramos por litro de aire espirado, 0,10 en la actualidad.

Casco obligatorio y una edad mínima de 16 años

Los vehículos de movilidad personal, incluidos los patinetes eléctricos, solo podrán circular en zonas urbanas y sus usuarios deberán llevar casco homologado y tener al menos 16 años. Además, deberán portar un elemento luminoso o retrorreflectante en situaciones de baja visibilidad o de noche, y usar un brazo para indicar maniobras al resto de los conductores. Quienes necesiten estos vehículos para trabajar deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad. Las personas con movilidad reducida en vehículos de movilidad personal serán consideradas peatones.

Aceras exclusivas para los peatones

La reforma del Reglamento General de Circulación incluye aud las aceras serán exclusivas de los peatones y se restringirá al máximo la circulación y el estacionamiento de vehículos para proteger a las personas, especialmente a aquellas con movilidad reducida. Los conductores profesionales de motos, ciclomotores, ciclos y bicicletas también deberán usar chaleco reflectante de alta visibilidad. Se prohibirán las plazas de aparcamiento cerca de los pasos de peatones para facilitar la visibilidad y accesibilidad.

Cinco metros de distancia para las bicis

En ciudad, las bicicletas circularán por la calzada y preferiblemente por el centro del carril. Los vehículos de motor deberán mantener una distancia de seguridad de al menos cinco metros con la bicicleta que circula delante.

En caso de atascos, se permitirá a los ciclistas rebasar a los vehículos a motor tanto por la derecha como por la izquierda. En calles de un solo carril con velocidad máxima de 30 km/h, se regulará la posibilidad de que los ciclistas circulen en sentido contrario a los vehículos a motor.

En carretera: guantes, casco y calzado

La DGT permitirá a los motoristas circular por el arcén en caso de retenciones y obligará a conductores y pasajeros a llevar guantes de protección, casco integral o modular en carretera y calzado cerrado en todo tipo de vías. Los cascos de los viajeros en ciclomotores deberán estar homologados y no solo certificados, y los conductores y pasajeros también deberán llevar guantes de protección y calzado cerrado. Para los ciclistas, el uso del casco será obligatorio siempre en carretera, eliminando las excepciones actuales. Los conductores que adelanten a ciclistas en carretera deberán hacerlo a una velocidad máxima de 20 km/h menor al límite establecido, mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros y, en algunos casos, cambiar completamente de carril. Los ciclistas deberán llevar un elemento luminoso o retrorreflectante en momentos de escasa visibilidad o por la noche para ser vistos a una distancia mínima de 150 metros.

Otras novedades incluyen la limitación de la velocidad máxima de los autobuses a 80 km/h cuando viajen pasajeros de pie o si carecen de cinturones de seguridad, y la obligación de que los vehículos circulen por el carril derecho en autovías y autopistas para dejar libre el izquierdo a vehículos de emergencia y quitanieves durante nevadas, así como la creación de un “carril de emergencia” durante retenciones importantes.

* Con información de Servimedia

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