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Pedro Castillo: abogado del expresidente pedirá otra vez que anulen prisión preventiva

Fotografía de archivo que muestra al expresidente de Perú, Pedro Castillo. EFE/ Paolo Aguilar
Fotografía de archivo que muestra al expresidente de Perú, Pedro Castillo. EFE/ Paolo Aguilar
(Paolo Aguilar/)

El abogado de Pedro Castillo, Walter Ayala, reveló que pedirá al Poder Judicial que anule la prisión preventiva contra el expresidente. Así lo dio a conocer después de que los magistrados ordenaran ampliar el periodo de prisión preventiva de 14 a 18 meses para el exjefe de Estado. En entrevista con RPP Noticias, Ayala comentó que no sienten preocupación por el aumento de meses que Castillo tendrá que pasar tras las rejas, mientras lo investigan, pues buscarán contrarrestar la decisión.

Detalló que el primer documento será emitido por la Embajada de México, el cual indica que el expresidente Castillo nunca solicitó asilo político. También indicó que darán a conocer un documento emitido por el jefe de la UGEL de Chota que prueba que Pedro Castillo labora como maestro de forma permanente.

Otra prueba que presentarán ante el Poder Judicial, con el objetivo de anular la prisión preventiva, es el certificado domiciliario de la localidad donde Castillo residirá. De esta manera, Ayala intentará probar que Pedro Castillo no fugará del país.

Como se sabe, el Poder Judicial justificó la extensión de la prisión preventiva argumentando la existencia de riesgo de fuga, dada la complejidad del proceso judicial y la necesidad de garantizar su desarrollo adecuado y en un plazo razonable.

Anteriormente, ante la medida de 14 meses, Walter Ayala ya había presentado un recurso de apelación solicitando la anulación de la decisión judicial, argumentando que se incluyeron hechos no planteados originalmente por la Fiscalía Suprema encargada del caso.

El pasado 10 de julio, el Poder Judicial rechazó la solicitud de Castillo y su defensa para excluir el acta de intervención policial del 7 de diciembre de 2022, fecha en que fue detenido tras un intento de golpe de Estado, alegando que dicha acta había vulnerado el debido proceso y el derecho a la defensa.

Independientemente de lo que decida la Corte Suprema, Pedro Castillo habría permanecido en prisión por la presunta comisión de delitos de corrupción durante su mandato. El fiscal supremo Helder Terán ha proyectado una pena de más de 31 años de cárcel para el exgobernante, quien enfrenta cargos de organización criminal, tráfico de influencias agravado y colusión. Las condenas totales estimadas son de 18 años y 4 meses por organización criminal, 6 años y 8 meses por tráfico de influencias y 6 años y 4 meses por colusión.

La investigación también involucra a los exministros de Transportes y Vivienda, Juan Silva y Geiner Alvarado, respectivamente, para quienes se ha solicitado prisión preventiva. El expediente incluye presuntas irregularidades en las obras del Puente Tarata II, en San Martín, así como otros casos de corrupción relacionados con Petroperú y el Ministerio de Vivienda.

Además del grave cargo de rebelión, a Castillo se le imputan delitos de abuso de autoridad y perturbación del orden público, lo que incrementa la solicitud de pena a 34 años de prisión. Las sanciones propuestas para los otros acusados varían entre 15 y 25 años, ajustándose según la gravedad de sus presuntos delitos y circunstancias individuales, como la avanzada edad de Aníbal Torres.

Desde la defensa de Castillo Terrones, su abogado Walter Ayala sostiene que el proceso está fuertemente politizado y carece de pruebas sólidas que respalden la acusación de rebelión. Durante la fase de control de la acusación, las defensas han presentado varias objeciones, tanto formales como de fondo.

Es importante mencionar que, a lo largo de este proceso, la acusación ha sido devuelta hasta tres veces para su corrección y revisión, lo que ha generado demoras en el avance del caso. A pesar de los esfuerzos de los abogados de Pedro Castillo, el juez supremo Juan Carlos Checkley determinó que el delito de rebelión puede ser juzgado sin necesidad de demostrar la presencia de armas o violencia directa por parte de los acusados, siempre que hayan participado en actos esenciales de la supuesta conspiración.

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