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¿Qué hacer si el SAT embarga mi cuenta? Este el proceso que debes seguir para recuperarla

(Cuartoscuro)
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México tiene la facultad de embargar cuentas bancarias como medida para asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales/ (Cuartoscuro)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México tiene la facultad de embargar cuentas bancarias como medida para asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Esta acción, aunque puede parecer severa, se aplica en situaciones específicas y siempre con notificación previa.

El embargo de cuentas bancarias es una herramienta que el SAT utiliza cuando un contribuyente tiene deudas fiscales pendientes o ha incumplido con sus obligaciones tributarias. Antes de llegar a esta medida, la autoridad fiscal realiza gestiones para obtener una respuesta del contribuyente, pero si estas no tienen éxito, el embargo se convierte en una medida extraordinaria para forzar el cumplimiento.

Existen cuatro escenarios en los que el SAT puede proceder con el embargo de cuentas, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación. El primero es un aseguramiento precautorio, que se lleva a cabo cuando hay un impedimento doloso para realizar una auditoría o revisión. En este caso, el SAT puede recurrir a la fuerza pública, imponer una multa o asegurar las cuentas bancarias del contribuyente.

El segundo caso es el embargo precautorio, que se aplica cuando ya existe un crédito fiscal determinado, pero no exigible, y hay un riesgo inminente de que el contribuyente no cumpla con su obligación. El tercer escenario ocurre cuando el crédito fiscal está en firme y la autoridad intenta cobrarlo sin obtener respuesta del contribuyente, lo que activa un procedimiento administrativo de ejecución.

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Finalmente, el cuarto caso no es un embargo en sí, sino una inmovilización de las cuentas bancarias seguida de la transferencia de fondos al SAT como medio de cobro/ (Freepik)

Finalmente, el cuarto caso no es un embargo en sí, sino una inmovilización de las cuentas bancarias seguida de la transferencia de fondos al SAT como medio de cobro. Esta medida se aplica cuando hay un crédito fiscal firme y busca asegurar el pago del mismo.

El SAT tiene la capacidad de embargar no solo cuentas bancarias, sino también seguros de ahorro, con la excepción de las cuentas de ahorro para el retiro. En caso de enfrentar un embargo, el especialista recomienda acudir al SAT para aclarar la situación o demostrar que las obligaciones fiscales han sido cumplidas.

Procedimiento de embargo y forma de pagar

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México ha intensificado sus medidas para asegurar el cobro de adeudos fiscales, utilizando el embargo de bienes como una herramienta clave. Según el procedimiento, si un contribuyente no paga o garantiza su deuda en un plazo de 30 días hábiles, el SAT puede proceder con el embargo de sus bienes, informó una fuente no identificada.

El proceso de embargo comienza con la emisión de un mandamiento de ejecución, un documento oficial que autoriza al personal del SAT a visitar el domicilio del deudor para requerir el pago. Si el contribuyente no puede demostrar que ha saldado su deuda, el SAT puede proceder a embargar sus bienes. Estos bienes pueden permanecer bajo la custodia del deudor o ser trasladados a almacenes designados por el SAT.

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Una vez embargados, los bienes son evaluados por peritos valuadores para determinar su valor/ Fotos: CUARTOSCURO (Mario Jasso/)

Una vez embargados, los bienes son evaluados por peritos valuadores para determinar su valor. Posteriormente, el SAT organiza una subasta para vender los bienes embargados y aplicar el valor obtenido al adeudo fiscal del contribuyente. Si el valor de los bienes es suficiente para cubrir la deuda, esta se considera pagada en su totalidad. Sin embargo, si el valor no es suficiente, el SAT puede emitir un nuevo requerimiento para ampliar el embargo hasta cubrir completamente el adeudo que puedes liquidar en ese momento.

Para pagar tu deuda es necesario acudir al Módulo de Atención de Servicios al Contribuyente que te corresponde. Posteriormente es necesario entregar el escrito libre en el que solicitas la devolución de tus bienes y se anexa la copia del pago de tus adeudos fiscales.

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