Cuando una persona fallece, las propiedades y el dinero que este poseía se transfieren a los herederos. También es el caso del patrimonio acumulado en la cuenta bancaria, y para poder recuperarlo hay que seguir una serie de pasos y cumplir ciertos requisitos legales.
Para poder acceder a la cuenta bancaria, los herederos deben identificar en qué banco se encuentran las cuentas del difunto. Después, será necesario acudir a la Agencia Tributaria con la documentación que acredite el estatus de heredero. Este proceso implica presentar el certificado de defunción, el certificado del Registro de Actos de Última Voluntad, y la copia autorizada del último testamento o de la declaración de herederos en el caso de que no hubiese un testamento escrito. Con esta documentación, se podrá acreditar en el banco la condición de heredero y obtener el certificado de las posiciones del fallecido.
Además, para acceder al dinero, es esencial liquidar el Impuesto de Sucesiones, presentar el documento de partición y adjudicación de herencia junto con la acreditación del pago del impuesto. Este documento debe estar firmado por todos los interesados en la herencia o por sus representantes legales. Solo tras cumplir con todos estos requisitos, se podrá proceder a la repartición de los bienes del fallecido entre los herederos.
Si uno de los herederos retira todo el dinero o una parte de él sin ser su propietario, podría estar incurriendo en un delito de apropiación indebida, según el artículo 253 del Código Penal español. Esta infracción es sancionada con multas e incluso penas de cárcel. Si el importe sustraído es inferior a 400 euros, la pena podría variar de uno a tres meses. Si el importe supera esa cifra, la sanción oscilaría entre seis meses y tres años de prisión. Y en el caso de que el importe exceda los 50.000 euros, la pena se incrementa, estableciéndose entre uno y seis años de cárcel.
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Qué pasa en las cuentas con varios titulares
En el caso de cuentas mancomunadas, se requiere el consentimiento de todos los titulares para poder retirar el dinero. Y para las cuentas solidarias, que deben estar claramente identificadas como tales, los copropietarios tienen la facultad de retirar los fondos del fallecido hasta alcanzar su cuota parte. El excedente se incorporará al conjunto de bienes hereditarios y se distribuirá entre los herederos.
Generalmente se asume que en cuentas con dos cotitulares, cada uno es dueño de la mitad exacta del saldo. No obstante, si uno de los cotitulares no era el propietario real de los fondos y estaba nombrado cotitular solo para gestionar el dinero, los herederos del verdadero propietario deben demostrar esta situación para poder acceder a la totalidad de los fondos.
De la misma manera que si un heredero coge todo el dinero del fallecido antes de tiempo, en el caso de que uno de los cotitulares retire todo el dinero o una parte de él, estaría incurriendo en un delito de apropiación indebida.
Quién puede cerrar la cuenta bancaria de una persona fallecida
Los herederos son los únicos que están autorizados para gestionar el dinero de la cuenta y tomar decisiones sobre la misma, lo que quiere decir que sólo ellos pueden ordenar su cierre. En caso de que la cuenta tuviera titularidad compartida, la tercera persona en cuestión sólo podría controlar el 50% del dinero, por lo que, de solicitar la cancelación del producto, debería contar con la colaboración de los herederos, una ecuación que también se puede aplicar en el sentido inverso.