Un procesado por agredir sexualmente a una amiga de su hija, de 16 años, en Langreo, ha reconocido este jueves los hechos que le atribuían la Fiscalía del Principado de Asturias y la acusación particular y aceptó una condena de 7 años de prisión, entre otras penas y medidas. La vista oral estaba señalada en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo.
Según la acusación del fiscal, los hechos se produjeron en la tarde del 30 de noviembre de 2021. La víctima, de 16 años, se encontraba junto con su prima, de 14, en el domicilio de una amiga, , de 12 años, en Langreo, donde esta última vivía con su padre, el procesado, de 44 años. El hombre mantenía una relación sentimental con la madre de la niña de 14 años.
En un momento en que las dos niñas más pequeñas se fueron a jugar a una habitación y la chica de 16 se quedó en el sofá de la sala, el procesado se acercó a la menor, la cogió de la mano ayudándola a levantarse y comenzó a besarla y tocarla por encima de la ropa, ante lo cual ella le propinó un empujón diciendo que la dejara tranquila, desistiendo el procesado.
Poco después, estando la menor sentada en una silla de la mesa del comedor, él se aproximó y le palpó los senos comentando que le habían crecido. La víctima le dio dos bofetadas y le dijo que tenía novio para que parase en su actitud, lo que aparentemente hizo. Pese a ello, el procesado insistió en su conducta.
Minutos más tarde, sobre las 20.15 horas, el procesado mandó a las dos niñas pequeñas a comprar pegamento, consiguiendo así quedarse a solas con la joven, que se encontraba recostada en el sofá con una manta, y comenzó a besarla y a hacerle tocamientos. Pese a la resistencia y oposición de la menor, que le empujaba tratando de apartarlo, la agredió sexualmente.
La víctima presenta una discapacidad intelectual leve y retraso madurativo, tiene reconocido un grado de 65% de discapacidad. Los hechos le han provocado secuelas psicológicas.
Tras reconocer los hechos, el procesado aceptó una condena de siete años de prisión e inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleve contacto con personas menores de edad, durante 15 años. También queda prohibido aproximarse en un radio inferior a 200 metros a la joven, a quien indemnizará con 8.000 euros.