Un nuevo acto de intolerancia preocupa a los habitantes de Barranquilla. Ebeline Paola Mena Castillo, de 43 años, y natural de la Punta de Los Remedios zona rural de Dibulla, en La Guajira, resultó quemada luego de reclamarle a su vecina por el excremento que dejaba su perro en la puerta de su casa, todas las mañanas.
El violento hecho se presentó en la carrera 29C con calle 30, en el barrio Villa San Pablo de la localidad Suroccidente de Barranquilla. Ante el reclamo, Daniela Hernández, como fue identificada por las autoridades la agresora de 19 años, se llenó de ira, calentó agua y se la echó, causándole graves lesiones que ahora la tienen bajo cuidados médicos.
Según Mena Castillo, desde hace varias semanas estuvo poniendo la queja a su vecina ya que siempre el canino dejaba su excremento en la puerta de su vivienda, que también funciona como local comercial, pero ella no lo limpiaba, por lo que la mantenía con molestia debido a la falta de conciencia de su vecina a la hora de atender al perro.
Luego de este hecho la mujer manifestó que fue agredida por familiares de la dueña del perro. “Pasaron más de 15 minutos y veo que el excremento sigue ahí. Lo recojo y se lo echo en su casa. En ese momento sale su hermano y forcejea conmigo. Cuando ya él me suelta, yo veo que viene Daniela hacia donde mí, y pensé que me iba a echar agua fría. Yo siento en mi cuerpo un ardor, y me doy cuenta de que lo que me tiró fue agua caliente”, dijo al diario El Heraldo la mujer afectada.
La presunta agresora fue detenida en flagrancia, pero sólo permaneció 24 horas detenida; mientras que la agredida fue sometida a cirugía para remover tejidos dañados de su piel, por lo que exige a las autoridades competentes que se haga justicia.
¿Qué dice la ley?
No recoger las heces su mascota resulta en el incumplimiento del Código Nacional de Policía y Convivencia y, a su vez, un golpe al bolsillo.
De forma detallada, el Código Nacional de la Policía especifica en el numeral tres del artículo 124 los comportamientos que ponen en riesgo la convivencia por tener animales y, de hecho, en el capítulo 11, se habla de la convivencia de las personas con animales.
“Omitir la recogida de los excrementos de los animales, por parte de sus tenedores o propietarios, o dejarlos abandonados después de recogidos, cuando ello ocurra en el espacio público o en áreas comunes”, conforme como se lee en el capítulo tres de Código.
Así las cosas, si por algún motivo, cualquiera que sea, usted no recoge las heces de su perro, según el parágrafo dos, tienen que responder con una medida correctiva; es decir, una multa general tipo uno.
En la página de la Policía Nacional se afirma que una multa tipo uno hace referencia a que la persona que esté sancionada bajo esta clasificación tendrá que pagar cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), es decir, 173.733 pesos, cifra que corresponde al 2024.
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